¿Cuánto mide mi parcela?

Sobre Catastro, Cartografía y Delimitación de la Propiedad

  • Carmen Femenia-Ribera

    @carenfemenia (Twitter)
    Carmen Femenia-Ribera (Linkedin)
    Carmen Femenia Ribera (Facebook)

  • abril 2024
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Foro de opinión

Este espacio esta reservado para que des tu opinión o preguntes sobre todos estos temas tratados en el blog.

Puede que trabajes en, o con, el Catastro, en algún Registro, en las Notarias, en Urbanismo, en algún Ayuntamiento, en trabajos en donde utilizas o realizas planos o en donde utilizas información referente a datos físicos de bienes inmuebles (parcelas, fincas,…), seas un técnico; o incluso eres un particular que «ha sufrido» al querer «arreglar» todos los papeles referentes a su propiedad.

 

43 respuestas to “Foro de opinión”

  1. Alvaro said

    Buenos días,

    Tengo una duda sobre el articulo 9 de la Ley 2004 de catastro con modificación hecha por la Ley 13/2015, en concreto con el apartado 4. Este hace referencia a la titularidad de la propiedad y a su coordinación entre catastro y registro. Según lo he entendido yo, registro prevalece ante catastro sobre la titularidad de la propiedad, pero también indica que si la inscripción en catastro es posterior a la de registro entonces es la de catastro la que prevalece sobre la de registro. Lo único que no me cuadra es cuando una propiedad esta inmatriculada en registro, pero no en catastro, teniendo en cuenta que en catastro esta prácticamente todo el territorio español. ¿Lo he entendido bien? Si es así, ¿En que casos se podría dar?

    Un saludo.

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    • Hola Álvaro, soy experta en temas de cartografía y catastro, temas de titularidad es más bien de derecho, pero con lo que sé te puedo comentar algo.
      Dices «registro prevalece ante catastro sobre la titularidad de la propiedad». Esto es cierto. El propietario es el que aparece en el Registro. si el titular de catastro es otro. Aunque hay que tener en cuenta que el registro es voluntario, y se puede tener una escritura de compra venta por ejemplo y ser el propietario sin inscribir en el Registro.
      Y también dices: «pero también indica que si la inscripción en catastro es posterior a la de registro entonces es la de catastro la que prevalece sobre la de registro». Esto no creo te refieras a titularidad, no lo veo en dicho artículo; tal vez te refieras a la inscripción de la base gráfica.
      Y esto no entiendo bien a que te refieres: «Lo único que no me cuadra es cuando una propiedad esta inmatriculada en registro, pero no en catastro».
      No sé si el tema que preguntas es ¿ por titularidad, propiedad, …? En estos temas cada caso es un mundo.
      En el Registro; hasta antes de la Ley 13/2015 se inmatriculaba sin base gráfica (que ahora es la base gráfica catastral), y a veces no se podía saber bien la delimitación exacta de la finca (sobre todo rústicas), por eso el tema de la coordinación gráfica. No sé si iría por ahí lo que preguntas.
      Si tu duda es más legal de registro te comento que el Colegio de Registradores en redes sociales tiene una especie de «registro responde» donde puedes hacer consultas, pero debes detallar un poco más.
      Espero que te haya servido de ayuda.

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  2. Roberto said

    Buenos día a tod@s!

    Tengo una duda sobre si la medición de una parcela debe de ir en coordenadas planas o en UTM
    ….me explico.

    Si se mide con GPS,este ya le aplica la curvatura terrestre con sus coordenadas georeferenciadas.
    El caso es que la parcela no es medible con GPS debido a la arboleda existente,por lo que crearé unas bases topográficas fuera de la arboleda para salir con bases UTM.
    La duda viene que luego al medirla con la estación total,le tengo que aplicar el coeficiente de escala o factor de anamorfosis para tener en cuenta la curvatura(0,999……variable según la zona o debe de ir en planas (factor de anamorfosis 1)
    Si la comprueba otro técnico,la finca tendrá una medida distinta según se aplique una u otra,y si que es leve la diferencia….me gustaría saber cuál es la opción a utilizar.
    Un saludo y gracias de antemano

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    • Para medir la parcela como supongo la querrás para situar en un contexto con otras parcelas catastrales, como están ya van en proyección UTM tu parcela medida tambien debe ir en UTM. Tendrás que correguir las distancias con la K UTM, salvo que sean distancias muy pequeñas y sea despreciable la diferencia.
      Un saludo.

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  3. birichu said

    Tengo dos parcelas contiguas pero de distintos polígonos. El caso es que una está limitando al sur con una carretera comarcal y al norte con la otra parcela de mi propiedad. Quiero vallarla y el ayuntamiento dice que, «según las instrucciones del catastro, los límites de pñlas parcelas que coincidan con polígonos son caminos públicos».
    Y leyendo el apéndice del instituto geográfico del catastro creo entender que si dos parcelas son del mismo dueño y la atraviesan más de un camino público, se pueden vallar». Entiendo que en mi caso, la carretera comarcal haría de camino público.

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    • No todos los límites de parcelas que coinciden con limites de polígonos son caminos públicos.
      Si hay dos parcelas de tu propiedad y en medio de las dos hay un camino público, el camino público no lo puedes vallar como es lógico, sino cada parcela independientemente. Otra cosa es que el camino te perteneciera, pero aunque fuera tuyo si tuviera una servidumbre de paso deberías dejar libre el paso. Si fuera completamente tuyo el camnio de uso particular si que lo podrías vallar todo. No sé cual es bien tu caso ya que no me ha quedado muy claro.
      De todos modos el tema de los caminos es un asunto que genera muchas veces dudas, ya que puede ser de tu propiedad pero en catastro aparezca que es público, y en ese caso el ayuntamiento te pondria problemas para vallarlo. Debes comprobar bien en catastro y escritura-registro de quien aparece el camino.
      Un saludo.

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  4. Anónimo said

    ¿Qué superficie tiene mi parcela? la incertidumbre (imprecisión) en Catastro.
    Esta es y ha sido una de las preguntas más repetidas por el ciudadano cuando se acerca a Catastro.
    Al menos ha llegado a conocer las siguientes superficies administrativas asignadas a su parcela:
    -Las de Catastro, antes y después de la Revisión catastral (en algunos municipios se han realizado más de una revisión). En muchas parcelas, la reciente obtenida del proceso de convergencia Catastro-SIGPAC.
    -La del SIGPAC.
    De carácter jurídico: la superficie inscrita en el Registro de la Propiedad o en la del contrato privado.
    En ocasiones con un fin privado, caso de que se haya contratado a un técnico para tal fin.
    Todas distintas.
    Sí pero entonces: ¿Qué superficie tiene mi finca?. Mi respuesta siempre ha sido: “si usted contrata varios técnicos para que le midan la finca cada uno obtendrá una superficie distinta”. Estamos sin ningún tipo de duda ante un dato sujeto a incertidumbre (imprecisión), no se preocupe todas son válidas están dentro de la tolerancia técnica, esta ha sido mi respuesta en la mayor parte de los casos, es decir salvo que se trate de un error (fuera de tolerancia técnica).
    Actualmente con los SIG, el problema principal ya no se centra en la superficie de la parcela, sino en su representación gráfica georreferenciada, a la cual se dota de una precisión y exactitud que no posee.
    Ejemplos de incertidumbre que se conocen y se aceptan son: la tolerancia del radar de tráfico, la báscula de baño. ¿qué opinarían si se forzaran los aparatos en el sentido de no limitar las cifras significativas y la lectura fuera: p. ej 60,15 Km/h y 65,48Kg, si mediar una mejora del aparato.

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  5. Luis Martín de Eugenio Sánchez said

    Hola Álvaro, sobre tu tema principal, sólo puedo aportar suposiciones:
    -Imagino que al tratarse de lo que podríamos llamar organismos duplicados, se optó por eliminar al más débil (impuestos, recaudación).
    -Imagino que no se creo un área de topografía en Catastro, al ser en aquellas fechas la titulación de topógrafo de grado medio (la famosa titulitis), como imaginas sentar en la mesa a un titulado de grado medio en un plano de igualdad con los superiores.
    -En cuanto a la profesionalidad, de los que han trabajado en los planos del IGN, está fuera de toda duda para aquellos que hemos trabajado con ellos. Las fotos retintadas (famosos vuelos americanos y siguientes) y los calcofotos, son obra de Catastro, en la que no han intervenido los topógrafos (uno del IGN se llegó a molestar al atribuirle la paternidad de esos trabajos).
    Por ello me preguntaba en mi entrada que si había sido el único en reparar en confundir un plano con una ampliación.

    Hola Carmen, sobre este tema he mantenido contacto con los servicios centrales de Catastro desde los primeros días de 2014. Desde entonces he seguido “dándole vueltas al tema”, para mi es un verdadero disparate, el decir que a escala 1:5.000, se pueden dar las coordenadas UTM con una precisión de 1 cm, de todos los puntos significativos, y te sugieren que las consigas haciendo zoom (creo que puedes llegar a pseudoescala 1:10). Se imaginan cuantos mojones habría que establecer para delimitar una parcela con esa precisión. ¿qué profesional que se precie, se ve capaz de juzgar la delimitación de una parcela, consultando un SIG en el que tanto el plano como la ortofotografía están a escala 1:5.000, con esa precisión. Por cierto otro error de la ley son los encargados de validar la representación gráfica: el interesado y el notario en el caso de agrupaciones pueden manifestar la ausencia de errores y viculan a todos los colindantes.
    Soy de la opinión que los errores cuanto antes se corrijan, mejor; ya se sabe “si empieza mal difícilmente puede acabar bien”. Se imaginan tener que corregir el que nos ocupa a la vuelta de unos años.
    Desde un principio ofrecía como solución:
    -Limitar el visionado de los planos a la escala a la escala de realización, es decir, 1:5.000.
    -Que informaran en el SIGPAC, para que hicieran otro tanto.
    Soluciones a la ley:
    -Incluir el concepto de escala y el de tolerancia técnica. Se imaginan cuando en un futuro no muy lejano el móvil actué como GPS con la precisión de un cm. Y se pretendan llevar las coordenadas recogidas en el Registro de la propiedad.

    Sobre los temas que apuntas de las denominados desplamientos o inconsistencias (distinta superficie gráfica y alfanúmerica) son temas largos, requieren un desarrollo independiente.

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  6. Luis Martín de Eugenio Sánchez said

    Trabajo como técnico en Catastro, y considero un disparate sin límites el tema de la coordinación Catastro-Registro de la Propiedad.
    Uno llega a preguntarse si con la llegada de los SIG, imagino que gestionados por profesionales de la informática, se olvidan conceptos básicos sobre los planos: el significado del concepto escala (se confunde con ampliación o zoom), luego temas como la precisión, la exactitud, tolerancia técnica frente a error,…, parece que ya forman parte de la historia reciente.
    Ahora con los SIG, ya no se precisa ir al campo.
    Analicemos:
    -Los planos de Catastro se homogeneizaron a escala 1:5.000 y las ortofotografías del PENOA informan que están a escala 1:10.000 y 1:5.000.
    -Los SIG (tanto el SIGPAC como el de Catastro), no te dan esa información, y te permiten visualizar a pseudoescala 1:500. Es más el tratamiento es de escala y no de ampliación, en cuanto a medir distancias y superficies.

    Errores graves en mi opinión:
    En el SIGPAC, se han generado recintos invisibles a escala 1:5.000 que han motivado incidencias que han trascendido de la subvención a litigios de deslinde (propiedad). Se da el mismo valor a una ampliación que a una escala.
    En Catastro se va más lejos se dice que las coordenadas UTM, tienen una precisión de un cm. y eso a escala 1:5.000 todo un prodigio. Olvidan que las coordinadas UTM pasarán al Registro de la propiedad, como mojones con dos características invisibles e inamovibles, es decir puede que pase mucho tiempo hasta que se descubra el error. Y además se realizará sin el conocimiento del colindante.
    Me gusta buscar explicaciones:
    – Los SIG, han sido creados por informáticos y no han contado con la supervisión de especialistas en cartografía, que se conozcan el campo, es decir, la realidad.
    – En Catastro puedo dar fe de que no se ha contado ni se cuenta con técnicos en topografía ni su instrumental. No ha existido ni existe un área específica de cartografía. Actualmente cuelga del área de informática.
    -Imagino que en el SIGPAC, sucede lo mismo.

    Dejo constancia, no soy topógrafo. Si bien desde que ingresé en 1989, he notado su ausencia.
    Pregunta ¿cómo hemos podido llegar a esta situación? ¿ningún topógrafo se ha reparado en ello?
    No quiero cansar, pero si abrir un debate que pueda llegar a poner freno a esta situación.

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    • Alvaro said

      Hola. Me alegra que alguien de dentro del Catastro de su opinión y su punto de vista. Bienvenido Luis.
      El asunto del problema de la relación entre Catastro y la topografía viene ya de lejos, y es una cosa no mucha gente sabe el origen del asunto. Lo voy a contar de una manera resumida y accesible al gran público:
      Hace mucho tiempo la cartografía del Catastro la realizaban los ingenieros topógrafos. Era una cartografía muy bien hecha y de una calidad extraordinaria y los topógrafos eran auténticos profesionales de verdad, teniendo en cuenta que los instrumentos de la época eran los que eran. Eran tiempos en los que la profesión contaba con un prestigio social que hoy en día no existe. Hablar del ‘topógrafo’ eran palabras mayores. Es bien sabido que a principios del siglo XX los españoles éramos una referencia de nivel internacional en temas de cartografía y geodesia.
      ¿Qué es lo que ha pasado entre medias para llegar a la situación actual? La respuesta es muy sencilla: a los ingenieros topógrafos nos echaron de Catastro. Así de simple. Efectivamente a principios de los años 80, al cambiar competencias de los ministerios, las cabezas pensantes de la nación decidieron echar a todos los ingenieros topógrafos y no sin engaños. Me explico: en aquel momento, al colegio oficial de topógrafos, los responsables del Catastro aseguraron que posteriormente con el tiempo se irían contratando ingenieros topógrafos para formar parte del funcionariado y tal… Mentira, mentira, mentira. Y así hasta hoy mismo. Solo contrataron a muy algunos que además de topógrafos, eran informáticos. Solo por ese motivo. Nadie puso el grito en el cielo. Nadie presionó políticamente para que la situación cambiase (si es que se podía). A los responsables del colegio en aquel momento les engañaron.
      Desde entonces, los topógrafos en su gran mayoría se ha tenido que dedicar a la obra, soportando un intrusismo profesional aberrante y convirtiéndose con el paso del tiempo en meros peones ‘clavaestacas’ a la vista de otros titulados, gracias a la ayuda de la nuevas tecnologías que lo han hecho todo más fácil, con la consiguiente devaluación del prestigio social que conlleva.
      También es de reseñar, que los que hicieron la cartografía actual del Catastro, lo único que hacían era calcar las líneas de las cartografías anteriores realizadas por los ingenieros topógrafos. Bien, pues te comento que hasta eso hicieron mal, dando como resultado una cartografía que no es propia de un país que se autodenomina desarrollado.
      El resultado de todo esto es lo que tu bien ya sabes: cartografía basura, ingenieros topógrafos en el paro o largándose al extranjero a precio de saldo, universidades vacías y cerrando… mientras que en el resto de Europa nos llevan años luz de distancia en estos asuntos.
      La coordinación Registro-Catastro no deja de ser un parche que no elimina el problema desde la raíz. Pero visto lo visto, es de lo mejor que le ha podido pasar al gremio en los últimos años.
      Saludos.

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    • Hola Luis, te contesto. Lo que comentas es algo que desde hace mucho se viene hablando en el mundo técnico de la topografía, aunque un tanto menos por los más jóvenes que como bien dices han vivido el mundo de los SIG y de estos temas son menos conscientes. Como Álvaro, me alegra saber que dás tu opinión como alguien que habla desde dentro del Catastro, por ello eres más consciente de la situación; y ya veo que tambien Álvaro ha vivido toda esta historia desde el otro lado y la puede contar.
      Muchos que nos dedicamos a esto somos conscientes de la situación y de todo lo que conlleva, y en determinados foros se ha ido sacando este tema, pero hasta estos momentos lo que planteas no se habia colocado sobre la mesa tan claramente. Catastro es, al menos ahora, consciente de todo ello, pero no hay que olvidar que el Catastro en nuestro país ha venido siendo siempre de tipo fiscal y ha servido para lo que ha servido, cobrar el IBI. Estos últimos años he oido varias veces la frase “tenemos otras prioridades”. y con el personal que sois, y cada vez menos, primaban antes otras cosas. Pero ahora, con la nueva ley de cordinación Catastro-Registro el tema de la “correcta delimitación de la propiedad” ha pasado a primer plano y ahora si que es una prioridad.
      Comentas que la ley es un disparate, yo la veo como una oportunidad, llevo 16 años con estos temas y nunca hemos estado tan cerca, aunque aún queda mucho por recorrer. Puedo asegurar que, ahora, con la nueva ley de coordinación, ya se plantean todos estos temas: como ejemplo ya se han arreglado las diferencias de superficie entre los datos alfanuméricos y los gráficos de Catastro, los temas de los desplazamientos de la cartografía catastral se están estudiando, al igual que la mejora de la calidad de la cartografía,… (se explicó en el reciente congreso TopCart),… y todos estos cambios debidos a la Ley 13/2015. El Catastro se puso las pilas con el sistema de validación de representaciones gráficas alternativas, que ya vá por los 15000 usuarios diferentes. Solo hay que ver que cada semana nos vienen con alguna novedad, sé está trabajando en ello y mucho. Y por todo ello felicito a Catastro, aunque como todas las oportunidades tambien se pueden perder, y hago aquí mi pequeña reflexión: ahora es el momento del cambio, de un GRAN cambio, pero hay que aprovechar el momento, hacerlo y hacerlo bien. Un colombiano me preguntó recientemente y que le dijera, en una frase, que significaba esta ley en mi país y le dije algo así “esta nueva ley marca el inicio del cambio de un catastro fiscal a un catastro jurídico” (es lo que creo, y que no es cualquier cosa). Pero como he dicho hay que saber aprovecharla. Y ahora mi aportación crítica, la ley tiene muchas cosas mejorables, pero como ya he oido mucho y tambien comparto “mejor esta ley que ninguna”; pero tras el trascurso del tiempo que llevamos con la ley pienso que faltan tener en cuenta dos cosas para que funcione completamente, tener más en cuenta el técnico y sobre todo, al ciudadano; si no lo hacemos ver las bondades de la ley dificilmente podremos conseguir que funcione.
      Llevamos un año con la ley y hemos corrido mucho, en uno o dos años más veremos que pasa, pero aún tengo esperanzas, de hecho dicen que la esperanza es lo último que se pierde; y ahora estoy llena de esperanza, aunque quien sabe en un futuro, el camino es muy largo y los esfuerzos muy grandes; y quien sabe si me tendré que dedicar a otra cosa…

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    • Alvaro said

      Hola de nuevo.
      Ahora matizando un poquito voy a hablar acerca de lo que está ocurriendo actualmente con la Ley 13/2015 y para mí, al igual que a ti, puede llegar a ser un auténtico disparate, como bien dices.
      Con el tema ese de que aún ni los notarios ni los registradores tienen aún el tan esperado programa informático que les debe permitir desarrollar la ley y realizar las notificaciones en el tiempo record que se supone, se sigue utilizando la Ventanilla Única de los ayuntamientos para enviar las representaciones gráficas alternativas (RGA) a Catastro. Si nos leemos el artículo 18 de la ley de Catastro, recientemente modificado, las correcciones de la cartografía, deberán de ir vía notaría (actos potestativos) o bien Registro de la Propiedad (coordinación Catastro-Registro), o bien las correcciones de oficio que realice Catastro de motu propio. Es decir, que tiene que llegar el día que para tramitar estas cosas se debe de acabar el ir a Ventanilla Ünica.
      ¿Qué es lo que pasa actualmente? Conociendo cómo se suelen hacer estas cosas en este país, me imagino que se tiene que estar registrando cualquier cosa y os debe de llegar documentación que es para tirarse de los pelos.
      Entiendo que si queremos segregar en dos una parcela que está en el plano de Catastro, trazamos una línea por medio, se presenta la RGA correspondiente y chin pum, se acabó la historia. Ahora bien, si lo que hay que hacer es modificar la superficie de una parcela, plasmarla según se encuentra en la realidad en el terreno y que el dibujo resultante otorgue derechos y demás… ¿Cómo es posible que se estén aceptando dibujitos de parcelas, de trazar líneas sobre ortofotos en un SIG, o el mismo Google Maps? ¿En qué cabeza cabe eso? ¿Qué arquitecto municipal de qué ayuntamiento va a firmar que está conforme con la modificación de los linderos que colindan con vía pública, con una foto sacada de Google?
      Ni notarios, ni registradores, ni arquitectos municipales, deberían de aceptar semejantes chapuzas. Y ahora mismo debería ser el propio Catastro el que según le llega un trabajo de esos chapuceros, tiene que rechazarlo y mandarlo de vuelta por donde ha venido. De hecho, con el tema de las notificaciones, con los primeros que os vais a dar de bruces son con los técnicos municipales, precisamente por estos motivos. Y esto lo se de buena mano.
      Si hasta ahora han tramitado 15.000 RGAs, estoy convencido que la mitad de ellos son líneas trazadas sobre el Google Maps por cualquier espabilado que aspira a ahorrarse el topógrafo. Es el momento de que la administración diga basta, y que sólo acepten trabajos topográficos realizados y firmados por el técnico competente para el libre ejercicio de la topografía y de la cartografía, que según la legislación actual española, es el Ingeniero Técnico en Topografía o el Ingeniero en Geomática y Topografía (Decreto 2071/1971 y Ley 12/1986), aunque algunos se empeñen en otros foros de Internet en ir confundiendo al personal.
      Por último, me gustaría decir que si la ley no fluye por los cauces que acabo de exponer, efectivamente acabará siendo un disparate, y que Dios nos pille confesados…
      Saludos.

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      • Luis Martín de Eugenio Sánchez said

        Hola Álvaro, sobre tu tema principal, sólo puedo aportar suposiciones:
        -Imagino que al tratarse de lo que podríamos llamar organismos duplicados, se optó por eliminar al más débil (impuestos, recaudación).
        -Imagino que no se creo un área de topografía en Catastro, al ser en aquellas fechas la titulación de topógrafo de grado medio (la famosa titulitis), como imaginas sentar en la mesa a un titulado de grado medio en un plano de igualdad con los superiores.
        -En cuanto a la profesionalidad, de los que han trabajado en los planos del IGN, está fuera de toda duda para aquellos que hemos trabajado con ellos. Las fotos retintadas (famosos vuelos americanos y siguientes) y los calcofotos, son obra de Catastro, en la que no han intervenido los topógrafos (uno del IGN se llegó a molestar al atribuirle la paternidad de esos trabajos).
        Por ello me preguntaba en mi entrada que si había sido el único en reparar en confundir un plano con una ampliación.

        Hola Carmen, sobre este tema he mantenido contacto con los servicios centrales de Catastro desde los primeros días de 2014. Desde entonces he seguido “dándole vueltas al tema”, para mi es un verdadero disparate, el decir que a escala 1:5.000, se pueden dar las coordenadas UTM con una precisión de 1 cm, de todos los puntos significativos, y te sugieren que las consigas haciendo zoom (creo que puedes llegar a pseudoescala 1:10). Se imaginan cuantos mojones habría que establecer para delimitar una parcela con esa precisión. ¿qué profesional que se precie, se ve capaz de juzgar la delimitación de una parcela, consultando un SIG en el que tanto el plano como la ortofotografía están a escala 1:5.000, con esa precisión. Por cierto otro error de la ley son los encargados de validar la representación gráfica: el interesado y el notario en el caso de agrupaciones pueden manifestar la ausencia de errores y viculan a todos los colindantes.
        Soy de la opinión que los errores cuanto antes se corrijan, mejor; ya se sabe “si empieza mal difícilmente puede acabar bien”. Se imaginan tener que corregir el que nos ocupa a la vuelta de unos años.
        Desde un principio ofrecía como solución:
        -Limitar el visionado de los planos a la escala a la escala de realización, es decir, 1:5.000.
        -Que informaran en el SIGPAC, para que hicieran otro tanto.
        Soluciones a la ley:
        -Incluir el concepto de escala y el de tolerancia técnica. Se imaginan cuando en un futuro no muy lejano el móvil actué como GPS con la precisión de un cm. Y se pretendan llevar las coordenadas recogidas en el Registro de la propiedad.

        Sobre los temas que apuntas de las denominados desplamientos o inconsistencias (distinta superficie gráfica y alfanúmerica) son temas largos, requieren un desarrollo independiente.

        Alvaro me alegra que vislumbres el disparate.
        Si seguimos puedo aportar, por ej. la respuesta a mi sugerencia por parte del SIGPAC.
        Hasta mañana.
        Soy de la opinión de la necesidad de más topógrafos, al menos que uno por Gerencia, así como en el SIGPAC, con sus instrumental y pisando campo, contrastando orto fotografías,…

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      • Alvaro said

        Hola.
        Aquí vemos un claro ejemplo de cómo un trabajo chapucero de una RGA no llega a buen puerto. El típico caso de que quieren inscribir una finca en el Registro de la Propiedad con cuatro líneas mal trazadas del Catastro, junto con las dudas del Registrador y evidentemente un vecino afectado que no está por la labor de que le quiten parte de su parcela ni sus derechos:

        https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2016-11323

        El resultado final es el que cabría esperar… Me alegro que en estos casos prime el sentido común.

        Saludos.

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      • Mirando el caso, es de un registrador que conozco, le preguntaré a ver.
        Entiendo aquí que no hay modificación con la base catastral, y el registrador notifica a colindantes, aplaudo por ello al registrador (aunque en estos casos no siempre es obligatorio, es a criterio del registrador, según voy viendo y entendiendo).
        En estos casos creo que hay opiniones diversas en si se notifica a los colindantes o no; por mi parte opino que hay que notificar. Ya que…. ¿Qué habría pasado si el registrador no hubiera notificado?…

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      • Luis Martín de Eugenio Sánchez said

        Alvaro:
        1.- Sobre si es o no chapuza tiene su origen en la ausencia de un área de Cartografía en Catastro. De haber existido, dudo que hubieran tolerado, por ejemplo el unificar toda la cartografía a escala 1:5.000. Este es un claro ejemplo, en el que se hacía necesario al menos una escala 1:2.000. En las fechas en las que se realizó la revisión lo máximo que se podía conseguir era ampliaciones a 1:2.500 y se realizaba en papel sobre una mesa de digitalización.
        2.- ¿Cuántos GPS, calculas que existen en España con una precisión de 1 cm?, ¿tiene sentido un Catastro con esa precisión? ¿Cuántos puntos significativos habría que tomar para representar una parcela con esa precisión? ¿cees que existe alguna parcela en todo el parcelario español que tenga todos sus puntos con esa precisión?
        3.- En mi opinión es una temeridad validar una parcela con sus coordenadas UTM con esa precisión? ¿qué sucederá cuando pasados unos años se pretenda llevar esa coordenadas a la realidad?

        Carmen
        Tal vez peque de mal pensado, pero creo que el Registrador conocía directamente el caso, no se trataba de un caso anónimo, conocía su problemática.
        Me gustaría equivocarme y que todos los Registradores actuaran con tan buen sentido común. Su modo de proceder en mi opinión es inmejorable.

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      • Hola de nuevo Luis,

        – Me resulta un tanto confuso cuando hablas varias veces de precisión de 1 cm. A ver si me aclaro:

        ¿Te refieres a esto que indica la ley en la resolución Catastro-Registro:

        «La alteración cartográfica de las fincas afectadas habrá de respetar la delimitación del
        resto de las colindantes que resulte de la cartografía catastral, de modo que la delimitación
        del conjunto de las parcelas resultantes de la alteración o modificación, coincida con la
        delimitación del conjunto de las parcelas extraídas de la cartografía catastral, con una
        tolerancia en sus vértices de +/-1 cm»

        Aquí es la única referencia donde veo en la ley que hable de 1 cm. Y si realmente es esto de lo que hablas, no indica que la cartografía tenga que tener 1 cm. de precisión, sino que cuando haya que cambiar cualquier línea del catastro en más de 1 cm. habrá que tener en cuenta las parcelas colindantes afectadas.

        – Por mi parte opino que lo más importante sería indicar junto a cada línea su precisión y así eliminar dudas:
        Algo así
        – Lindero 1: precisión + 5 cm.
        – Lindero 2: precisión + 5 cm.
        – Lindero 3: precisión + 50 cm.
        – Lindero 4: precisión + 2 m.

        – En cuanto al caso que hemos comentado del Registro de Monovar, leyendo la resolución si que parece indicar que el Registrador ya conocía el caso y su problemática. Ya le preguntaré si en otros casos actúa del mismo modo. Lo conveniente sería hacerlo siempre para prevenir problemas futuros.

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      • Alvaro said

        Hola.

        Aquí hay que diferenciar primero la precisión de las coordenadas de la cartografía catastral en el sentido de hasta qué cifra hay que darla. En este caso, hasta el centímetro. Hasta aquí todos de acuerdo, parece una cosa medianamente lógica. En topografía lo habitual es calcular hasta el milímetro en los cálculos que se realizan.

        Por otro lado está el que hay que calcular el error de las coordenadas, que es otro concepto distinto, intrínseco de la topografía y del que también habla la Ley 13/2015. En esto último, intervienen las matemáticas, la estadística, la geometría, el cálculo diferencial, las teorías de errores, los ajustes de coordenadas, etc… Hay que tener una completa base teórica sobre todas esas materias, que sólo el Ingeniero Técnico en Topografía posee, para poder calcular los errores de todas y cada una de las coordenadas obtenidas mediante un trabajo topográfico. El error se calcula y cuantifica. Y esto es algo que el técnico competente debe de realizar cada vez que realiza un trabajo topográfico para generar una Representación Geográfica Alternativa. No lo digo yo, lo dice el BOE. Sobre esto, la ley establece que deberá ser los errores máximos entre 20 ó 40 centímetros, dependiendo si la finca es urbana o rústica.

        No existen GPS que te den un error por debajo de 1 centímetro. Si alguien tiene pensado alquilar uno para ir por ahí haciendo topográficos para cobrarlos, sin ser técnico competente en la materia, mejor que desista y que contrate los servicios de un Ingeniero Técnico en Topografía.

        Un saludo.

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    • Luis Martín de Eugenio Sánchez said

      Buenas Carmen

      Si “la delimitación del conjunto de las parcelas resultantes de la alteración o modificación, coincida con la delimitación del conjunto de las parcelas extraídas de la cartografía catastral, con una tolerancia en sus vértices de +/- 1 cm.”

      Es decir Catastro da unas coordenadas con dos decimales, luego la última es incierta (+/- 1 cm), e imagino que las mismas las reflejará el Registro en su inscripción. Si va a ser mayor ya entramos en la representación alternativa.

      Es lo que se puede denominar magia o acto de fe, ante una cartografía a escala 1:5.000, en la que la incertidumbre es +/- 5m, en este acto se valida con una incertidumbre de +/- 1 cm.

      Imagino que lo del 1 cm es un tema informático, como quién dice “al fin ya vamos a tener una superficie con certeza plena sin incertidumbre”. No han pensado en los atropellos que se van a cometer cuando los GPS evolucionen, e incluso uno se pueda descargar en su móvil las coordenadas y pretenda hacer en campo un replanteo de las mismas.

      A mi ultima entrada, explicación que he dado al ciudadano cuando me ha preguntado. Falta el último ejemplo que les digo: “estoy seguro que usted no se desplaza a la báscula municipal (donde pesa el tractor) para comprobar el peso de un jamón que acaba de comprar”. por ello en cartografía se usan también distintas escalas, adecuadas a aquello que queremos medir.

      El que disponga de un GPS de última generación, puede hacer la prueba de descargase las coordenadas de una parcela en la que no se visualicen errores que hagan preciso una representación alternativa, y replantear loas mismas en campo. me gustaría equivocarme, pero estimo que estarán a metros y no a 1 cm de las reales. Aparte de que concluirá que precisa tomar muchos puntos significativos.
      En catastro sólo contamos con cintas métricas.

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    • Anónimo said

      Buenos días
      Me gustaría conocer la precisión de los GPS utilizados para realizar levantamientos topográficos.
      ¿Es corriente que tengan una precisión las coordenadas UTM de 1 CM?

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      • Hola Luis, dependiendo de zonas y técnica utilizada se pueden conseguir precisiones centimétricas.

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      • Luis Martín de Eugenio Sánchez said

        Buenas tardes
        Mi pregunta va en un sentido mas extenso. Imagino que para el plano de un embalse se persiguen precisiones de 1 cm. Pero dudo de que existan GPS que den esa precisión, no me imagino que el receptor tenga la forma de un puntero. Mi pregunta iba en conocer la precisión de los GPS, que se suelen usar por los profesionales para su día a día; no en las excepciones punteras.
        Por otra parte en mi modesta opinión considero un disparate un levantamiento de un mapa (catastro es un mapa continuo), con esa precisión.
        Mi pregunta iba también con que precisión se realiza el levantamiento normal en función del tamaño de la finca ( 1000 m2, 1 Ha, 30 Has).
        Mi experiencia se limita a Catastro

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      • En breve, esperamos tener publicado un artículo que aclare más el tema. Cuando se publique lo colgaré en el blog.

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  7. Anónimo said

    Buenos días.

    Alguien que se mueva un poco en el asunto me podría dar una pequeña idea de cuánto más vamos a tener que esperar los profesionales de la medición (ITT) para que se pueda aplicar la Ley 13/2015 como el BOE manda.

    Me explico: He realizado varios trabajos topográficos para corrección de cartografía catastral y éstos han tenido que ir a Catastro a través de Ventanilla Única del correspondiente Ayuntamiento, es decir, como toda la vida se ha llevado haciendo. A mi cliente le han dicho que deberá de esperar unos 3 meses, pero me da a mí que van a ser muchos más.

    En teoría y según el artículo 18 de la Ley del Catastro, mis trabajos deberían de ir a la notaría ya que es un trabajo topográfico potestativo para la corrección de la cartografía catastral, y desde allí realizar las notificaciones correspondientes y demás. Después de prácticamente un año de la entrada en vigor de la ley me encuentro que preguntando en las notarías me encuentro que no solo no saben nada del asunto y solo me hablan de georreferenciar edificaciones de nueva planta. Ni que decir, que se me quedan mirando con una cara como preguntándose de qué planeta he aterrizado.

    En el Registro de la Propiedad de turno me comentan que a día de hoy ya les han instalado la aplicación informática para la coordinación catastro-registro, pero me dicen que falla como una escopeta de feria y que no funciona bien.

    Ojala que todo al final vaya por el buen camino y al final todo vaya sobre ruedas por el bien de la profesión.

    Saludos.

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    • Como bien dices, el tema va un poco lento; justo en estos momentos están haciendo las primeras pruebas enviando desde Registro a Catastro. Espero que en unos meses la cosa vaya más fluida.
      En Notarias, Registros y Gerencias aún se está aprendiendo.

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      • Anónimo said

        Gracias ante todo por la respuesta.
        Bueno, quería comentar que según las últimas noticias respecto a mi trabajo, en ésta última semana ha llegado la notificación al ayuntamiento desde Catastro para que de el visto bueno a la modificación de linde con vía pública de la parcela. Teniendo en cuenta que se registró a mediados de julio, en total hacen poco más de tres meses desde que he vuelto a tener noticias del asunto.
        Me comentaron en el Registro de la Propiedad que se corre la voz de que están en Catastro hasta arriba de trabajo y se encuentran desbordados. Sospecho que esto está motivado porque hoy en día se deben de estar registrando por ventanilla única auténticas chapuzas sin control alguno. Espero que con la nueva ley, puedan los registros y las notarías notificar en los plazos estipulados, que visto lo visto, ésto implicará hacerlo en tiempo record.
        Saludos.

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  8. tomas said

    Hola a todos,

    Alguien me puede confirmar si esta web http://www.registradores.org/ es la oficial de los registradores de España? he visto varias webs y esta me parece la más convincente y es que resulta que hay unas dudas que me gustaría resolver sobre un registro de propiedad y quiero ponerme en contacto con algún profesional.

    Gracias!

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  9. Pedro said

    Hola,
    quería preguntar por un caso que nos está pasando con unos vecinos colindantes. Ellos tienen una escritura que define una casa y donde su lindero al sur es definido como «el frente de la casa». Sin embargo, entre su fachada y el camino realmente hay un sobrante de camino (unos 3-4 metros de largo por unos 5 de ancho) y con el tiempo se han ido apropiando de este terreno y lo han inscrito en el catastro como propiedad suya. El caso es que se les ha ido la mano y también han puesto en el catastro el trocito de sobrante de camino adyacente que es la entrada de mi garaje (en mis escrituras pone que yo al sur lindo con el camino y no con «su propiedad». No se si me explico porque es un poco lio.
    El caso es que quería saber si se puede conseguir documentación donde se evidencie que ese trocito era camino, para no tener problemas más adelante.
    Me han comentado que denunciando al ayuntamiento este tiene que actuar porque se supone que es un bien público y lo debe reclamar, pero me gustaría saber si existen pruebas antes de hacerlo.

    Muchas gracias de antemano.

    PD: enhorabuena por el blog, es muy interesante.

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  10. Alacantman said

    Con todo esto de la regularización catastral me han mandado una valoración nueva y el «Factor de localización» que ponen no coincide con lo que dice la ponencia de valores, ni a mi ni a ningún vecino. Y no sólo en estas valoraciones, sino que parece que el error viene desde que aprobaron la ponencia hace casi 10 años. ¿Reclamo al catastro o al ayuntamiento que es el que me ha estado cobrando IBI de más?

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    • Con lo que me cuentas no sé seguro si es una regularización catastral o es simplemente una valoración nueva, de todos modos y en cualquier caso si te ha llegado una carta te habrán dado un periodo para alegaciones (en el caso de la regularización son 15 días), entonces puedes alegar lo que comentas. Para reclamar hay que hacerlo a Catastro, pero normalmente muchos Ayuntamientos disponen de una ventanilla de Catastro en donde puedes reclamar y ellos ya lo envían a Catastro. En el caso de la provincia de Alicante está SUMA donde puedes reclamar y del mismo modo lo remiten a Catastro. Si está en periodo de alegaciones suelen ir muy rápido, pero sino, ten paciencia porque tardan bastante en responder.

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      • Alacantman said

        Muy bien, gracias, lo tendré en cuenta. Lo explico un poco mejor, que antes he sido escueto. Digamos que yo en mi parcela tengo 2 construcciones A y B, hasta ahora en el catastro sólo constaba A, y el valor catastral venía del valor del suelo y del valor de esa construcción A. Ahora, al regularizar B y corregir en A que había arreglado la fachada ( y eso sube ligeramente el V. catastral) me han vuelto a calcular el valor total de todo ( A+B+suelo) y entre los coeficientes que afectan esta el «factor de localización» que han puesto 1 en vez de 0.9, lo cual sube un 10% el valor. A raiz de esto he mirado la valoración que se hizo cuando se realizó la nueva ponencia de valores hace casi 10 años, y he visto que en ese momento también se puso 1 como factor de localización, cuando en la memoria pone que ha de ser 0.90, por lo que el precio ha estado «inflado» durante todo este tiempo. Lo reclamaré a ver como acaba.

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  11. jose said

    Hace tiempo que la realidad de las parcelas y mas los lindes de las mismas,, no se aclaran tan facilmente ya que en nuestro pais y desde la despoblaciòn de los monicipios, dejarron mucas parcelas de añojal ( no trabajadas), lo cual les vino muy bien a los linderos de los mismos, si le añadimos que la maquinaria en aquel momento era a base de caballerias y luego binieron los tractores y en la actualidad son mas grandes pues resulta que el saber lo que mide una parcela es bastante dificil y añado al tema que de ser quidadas por lor guardias y pasar a la anulacion de los mismo , agregar las fotos aereas y el señor que marca las lineas de las mismas bajo informacion que ayudado de su interpretacion, hemos llegaado a un catrastro, que en algunos casos lo que media 10 metros han pasado a medir 8 metros por ejemplo. Es mas si en la actualidad le añadimos el problema en la vid por ejemplo , con las nuevas estructuras de postes, nos lleva a incrementar los problemas, ya que pocos agricultores dejan en los cabos los 6/8 metros para el cultivo con las maquinas. resumiendo si se coge la historia de una parcela con las fotos se comprobara las incidencias que se producen y todo esto conyeba ademas a que la justicia ò juezes de paz de los pueblos bayan de cabeza y terminan la mayoria a justicia de primera instancia, teniendo que intervinir, abogados, fotos del CNIG, medicion de un topografo profesional colegiado y todo junto ahun no te dan nadie la garantia de que ganes.

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  12. Si necesitas aclarar algo, estoy a tu disposición

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  13. Luis Enrique Corredor Camara said

    tengo muchas dudas
    se las puedo preguntar a alguien

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  14. ÁLVARO ESTEVE said

    Estimado Rolando,

    para entender todas estas diferencias hay que entender los procesos que ha tenido todo el «registro» de la propiedad y qué peso había a la hora de ponderar la información, es decir, hay que responder a lo siguiente:
    ¿Quién registra la cartografía de forma pública?
    ¿Quién confirma una superficie y linderos¿
    ?Quién garantiza la propiedad?
    Catastro
    Notaría
    Registro de la Propiedad
    dicho de otra forma:
    Ministerio de Hacienda
    Documento público notarial –> directamente válido para Ministerio de Hacienda y Ministerio de Justicia
    Ministerio de Justicia

    Como ves, el caos es total y no como otros paises de Europa, como Alemania, donde la Cartografía, simplemente es perfecta y de donde posteriormente salen todas las escrituras, superficies catastrales y lindes de propiedad.

    El mundo al revés, primero digo lo que tengo según mi medición o estimación (Proceso de Amillaramiento), luego se hace un croquis de las parcelas para tener una idea (aprovechando que delineo y oficializo la línea de término municipal)–> Avance Catastral y luego voy a medir realmente las parcelas (Planos Topográficos Parcelarios o Catastrón),,, posteriormente, voy a interpretar las fotografías aéres y tengo una actualización más barata y muy aproximada a la realidad… sí, aproximada, por lo que, Catastro no puede garantizar la propiedad… Si a todo esto le añades que según escrituras (que han sido un COPY+PASTE) en la transmisión por herencias y/o compra-ventas… más todos los años que habrán pasado, el resultado es un caos que es casi imposible de solucionar.

    La palabra del topógrafo valdrá cuando algún día haya alguna Ley que nos de esas ATRIBUCIONES como agrimensores, que por cierto, en España Agrimensor es igual que Ingeniero Técnico en Topografía o GeÓmetra (tenemos tantos nombres ya!)

    En America Latina, no es que estén para echar cohetes en temas de propiedad y Catastro, es más, en algunos paises ni tienen Catastro, aunque ahora entiendo que sí, que están impulsando la creación del Catastro, por ejemplo en Colombia, ¿puede ser?

    Yo entiendo, que tenemos una responsabilidad grande y es darnos a conocer, de cualquier forma, acudiendo a reuniones y conferencias de abogados, notarios, registradores de la propiedad, escribiendo artículos de prensa, en revistas científicas pero sobre todo, haciendo nuestro trabajo de forma impecable.

    La respuesta a tu pregunta sobre la «palabra» del topógrafo es simplemente que no tenemos ATRIBUCIONES asignadas oficialmente, pero bueno, esperemos y hagamos fuerza para que esto cambie.

    Un saludo

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    • Anónimo said

      Bueno esta claro. Debo decir que hay países de Latinoamérica que la tienen muy claro y que estan funcionando como yá quisiéramos nosotros.
      Dado mi contacto con Organismos de Catastro de Argentina, mi experiencia real en catastros de todo tipo, voy a comenzar a elaborar un proyecto ajustado a la realidad española que pretenderá dejar más que claro a lo que tenemos que tender.
      Debo decirte además que veo con terrible desagrado las corrientes separatistas y elitistas que estan promulgando algunos compañeros, incluso miembros del colegio, con la intención de crear más organismos y asociaciones trasnochadas y de espaldas al colegio. Eso de hacer rancho aparte, que es muy típico español, traerá únicamente mas des-unión y falta de poder ante los legisladores y sociedad. El día que todos los Agrimensores-Ingenieros Técnicos en Topografía nos convenzamos que mejor unidos que separados, y todos bajo el amparo de una única organización fuerte y coherente, ese será el día en que podremos avanzar dedicando todos nuestros esfuerzos a hacer conocer nuestro conocimiento del tema y lograr LA LEGISLACIÓN QUE PLASME UN VERDADERO CATASTRO JURÍDICO, en íntima correlación con la labor notarial y registral. contando con el Plano de Levantamiento Topográfico Físico , Jurídico y Económico (Mensura) como instrumento principal, exigible e imprescindible en el movimiento de bienes inmuebles y los derechos reales que lo afectan con el fin de dan la tan ansiada seguridad jurídica.
      Estaremos en contacto.
      Rolando

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  15. Respecto del artículo de las diferencias de superficie y descripción de linderos, debo decir que en ningún caso las escrituras, tal como se realizan y confeccionan hoy en día, pueden dar una idea de la descripción de la parcela coherente y que de alguna manera ayude a desentrañar la naturaleza física de la parcela. ¿Que quiero decir? Hace menos de un mes entregué a la notaría un plano de mensura (soy agrimensor ademas de ITT) y le pedí a la notaría que hiciera constar los nuevos linderos, superficies según título, según catastro y según mensura. Una vez tuve el borrador de la escritura tuve que rehacer todo el texto definiendo los nuevos colindantes actuales obtenidos de boca de los mismos propietarios. Lo cierto es que la notaría aceptó la descripción pero a continuación volvió a volcar los colindantes según la escritura anterior pues aludía que si lo cambiaba, el registrador no se lo iba a aceptar. ¿Hasta qué punto llega el poco respeto hacia nuestro trabajo? Somos profesionales habilitados y competentes pero no podemos hacer valer en una escritura toda la información y documentación que aportamos?
    Sería ocioso mencionar la cantidad de artículos y bibliografía que entienden la parcela como un ente con sus tres componentes inseparables que son la parte física, los hechos jurídicos que le dan origen y su valor económico imponible.
    Por tal motivo en las escrituras la descripción literal de la parcela debe hacerse, como ya se hace un muchos otros países, con expresa aclaración de dimensiones y orientaciones. Ejemplo: …. cuya descripción de acuerdo a plano….. es la siguiente: partiendo del vértice N-E el linde avanza con rumbo S en 48,50 m hasta el vétice S-E colindando con Juan Perez, desde éste avanza hacia el oeste en 78,15m hasta el vértice S-W materializado por poste de alambrado colindando con Luis Ruiz y Pedro Estevez, desde este último avanza hacia el N en 71,20m hasta el vértice N-w materializado por mojón de hormigón colindando con María Ruiz y desde este último cerrando en el origen en 43,27m colindando con Juan Pérez y Elema Llanos.
    El día que los notarios entiendan que la información que se vuelca en un plano, responsablemente ejecutado, es suficientemente válida y fiable, podremos hechar mano a una escritura para solucionar algún problema de lindes.
    Hoy por hoy lo único que hacen es un «copy/paste» de la escritura anterior, aún teniendo un plano nuevo, y andando. Eso sí, dejan bien claro que el comprador los excusa de la verificación de los datos registrales, aún cuando los haya verificado el agrimensor o ITT con copia simple del registro. Es como si el ITT entregase un plano y dejase escrito que el cliente lo excusa de cualquier error que pudiera haber en la superficie dada la urgencia manifiesta.
    En fin, hay mucho por hacer y la única manera es comprometiéndonos y luchando pero todos unidos.

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  16. Anónimo said

    Los notarios darán fe de lo hechos, pero nosotros los técnicos debemos ser los que les den el «permiso» de hacerlo porque somos los expertos en delimitar… Con ilusión de que las conversaciones continúen y que el acercamiento llegue a buen puerto. Además, espero que nuestros representantes consigan nuevas atribuciones para nuestra profesión.

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  17. Anónimo said

    Aunque los esfuerzos del COITT es la colaboración con registradores y notarios, en conferencias a mi modo de ver parece que todavia ellos no saben lo que les estamos intentando hacer ver.
    Los veo que estamos en caminos distintos aunque con puntos todavia muy separados.

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    • El acercamiento cuesta, y entendernos más aún, al menos empezamos a estar en los mismos foros y a establecer relaciones. De todos modos en el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos en Topografía (COITT), en el que me incluyo, estamos intentando una mayor acercamiento y entendimiento; y estamos empezando a intentar «trabajar» conjuntamente, como con el primer curso del Ramón Llull del Notariado en Alicante; hay muy buena predisposición por ambas partes, ya os contaré (técnicos y notariado).
      Hablas de lo que estamos intentando hcaer ver, y pienso que primero debemos plantearnos y escribir que queremos. En ello estamos.

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