¿Cuánto mide mi parcela?

Sobre Catastro, Cartografía y Delimitación de la Propiedad

  • Carmen Femenia-Ribera

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Propiedad: Identificar, delimitar y gestionar

Posted by Carmen Femenia-Ribera en 7 febrero, 2013


Siguiendo la línea de mi anterior entrada quisiera aclarar algunos conceptos, así que he escrito el siguiente documento.

Propiedad: Identificar, delimitar y gestionar

Y ahora me gustaria preguntaros:

¿Si en vez de identificar se utilizara el procedimiento de delimitación de la propiedad qué problemas crees que se prevendrían? Id añadiendo a la lista, y pasadla. A veces yo misma me sorprendo de los problemas que se pueden evitar.

Y además, si sabes del tema es que eres…

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2 respuestas hasta “Propiedad: Identificar, delimitar y gestionar”

  1. Antonio Ballesteros said

    Hola Carmen.

    Comparto totalmente lo que dices, y la solución es construir un verdadero catastro jurídico. El tema de las tolerancias es importante sobre todo en urbana que es cuando hay temas de medianería, en muchos países se utilizan tolerancias en función de la longitud de los lados. Otro aspecto que hay que tener en cuenta a mi criterio es el angular. Para rústica estaría implícito con las coordenadas de los vértices. Yo estoy preparando un TFG acerca del tema.
    Un saludo.
    Antonio

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    • Anónimo said

      Hola Carmen.

      Como en Grecia ya utilizamos un catastro jurídico, os podría contar cómo gestionamos nosotros este tema.
      En general, la identificación y delineación espacial de las parcelas se trata por unos contratistas del sector privado.
      A las responsibilidades de los contratistas pertenece (como fase primera) la recopilación de todos los documentos jurídicos (títulos de propiedad), las declaraciones de la propiedad y unos diagramas topográficos de cada una propiedad (es opcional), todos dados por los propietarios.
      Luego (fase segunda), los contratistas identifican y delinean las propiedades utilizando unas ortofotos aéreas y imágenes de satélite de muy alta resolución (de 25cm en áreas urbanas y de 50cm en áreas rústicas). Cada propiedad lleva un identificador (referencia catastral temporal)como código de registro en la base de los datos. A ese código corresponde la información espacial (los polígonos y toda la información topológica adjuntada de la propiedad) además de la información jurídica obtenida por los títulos. Cuando acaba este proceso, se imprimen y se anuncian unas listas temporales en las oficinas del Registro Catastral. Si hay oposiciones a la información anunciada, cada propietario tiene el derecho legal de hacer una objeción. La suma de las objeciones se gestiona por una Comité por la valoración de las objeciones(la que se forma por ingenieros y abogados encargados de solucionar la legalidad de la información declarada y las peleas entre vecinos o entre un propietario y el estado).
      Después del término del proceso anterior, se anuncian las listas definitivas de Catastro y cada propietario lleva su certificación catastral literal definitiva.

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