Nunca hemos estado tan cerca… Catastro y Registro?
Posted by Carmen Femenia-Ribera en 8 julio, 2015
Me permito introducir esta entrada con esta frase (que oí a un compañero) que permite resumir la ley que POR FIN se ha aprobado y publicado en el BOE. Y me refiero a la ley que busca la coordinación entre Catastro y Registro de la Propiedad; de la que mucho ya se ha hablado y se sigue hablando. Y aún creo que dará mucho que hablar.
Primero de todo me permito decir que esta ley podría seguir tres caminos muy diferentes como a veces sucede con algunas leyes en España:
– Ante todo que no se llegue a desarrollar y quede olvidada en un cajón. Cosa que no espero y tampoco creo que suceda.
– Que siga adelante, más o menos lenta, pero por un camino no adecuado que al final no resuelva el problema que inicialmente se plantea; o al menos que solo se solucione parcialmente. Algunos autores son críticos en este aspecto.
– O que siga adelante por el camino correcto y al final funcione para lo que se diseñó. Personalmente creo que este puede ser el camino, ya que en estos momentos me llena la esperanza (bien se dice que es lo último que se pierde). Aunque por experiencia creo que el camino será largo y complicado. Para llegar a su aprobación hemos tardado unos tres años, para desarrollarla y empezar a aplicarla con eficacia espero que algo menos ya que los avances tecnológicos lo permiten. Por ello puedo decir que «nunca se ha estado tan cerca», y vamos a ver por donde sigue.
Algunos pueden decir que ya ha habido normativas similares de coordinación que nunca han funcionado, bien que es cierto. Aunque esta vez veo que el panorama pinta diferente, ahora la tecnología y las voluntades de colaborar están mucho más cerca. Este puede ser un gran punto de inflexión en estos temas, tal como ya fue en su momento la Ley 13/1996, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social; en donde por primera vez se introduce la referencia catastral en documentos notariales y registrales. Se tardó en que fuera algo habitual, pero creo que ya ahora se puede decir que lo es; tras 19 años. Y también esta vez una ley 13 nos indica el camino.
La ley es un tanto extensa, algunos critican que lo que describe tan detalladamente bien podría estar en un reglamento ¿podría ser?. Aunque ahora lo que se espera es la resolución conjunta entre la Dirección General del Catastro (DGC) y la Dirección General de Registros y Notariado (DGRN) que debe de estar preparada antes del 1 de noviembre de 2015; y modifica el artículo 10 de la Ley Hipotecaria (LH). No queda nada y esto ya irá indicando si se empieza a funcionar y como.
Disposiciones transitorias del TRLCI (Texto Refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo)
Un tema que ha generado polémica ha sido el valorar y “cobrar” como urbana aquellos suelos que se clasificaban como urbanizables en pleno boom urbanístico, pero realmente eran rústicos, son rústicos y seguirán siendo rústicos (dada la crisis en la que estamos inmersos). Por ello en esta ley se modifica también este aspecto, para dar un respiro a los ciudadanos. Alguna vez lo comentábamos “era legal, pero no era moral”.
Disposición adicional quinta: Urbanismo y Ayuntamientos
Aprovechando la ley se ha añadido esta disposición para que los municipios pongan a disposición de los Registradores sus planes urbanísticos generales y de desarrollo. En el plazo de tres meses desde la publicación de esta Ley; aquí ya llegamos tarde… verano de por medio… aún no se conoce la ley…
Disposición final quinta: Entrada en vigor
Respecto a su entrada en vigor es para el 1 de noviembre de 2015, y comprende básicamente las modificaciones de la Ley Hipotecaria que afecta a los Registros. Aunque el texto que modifica la Ley del Catastro ya ha entrado en vigor (día siguiente de la publicación en el BOE, 26 de junio), y aquí afecta más a las Notarías. De todos modos hasta que no se regulen los procedimientos y se prepare la tecnología, lo que se pretende se haga depende de ello. También la Ley de Economía Sostenible ya presentaba el tema, pero por falta de medios no se ha materializado aún tal como se debiera.
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He hablado de disposiciones pero no del cuerpo de la ley, aquí hay mucho de qué hablar y sobre todo mucho de información gráfica. Aunque como introducción creo que es más que suficiente para esta entrada, que seguro que esta ley da mucho más para contar y debatir.
Os he dejado el texto completo por si alguno lo quiere usar como lectura de verano; aunque no creo que sea lo mejor para relajarse tomando el sol. Pero debate eso sí que puede generar…
Una respuesta hasta “Nunca hemos estado tan cerca… Catastro y Registro?”
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Trini Cervera said
Gracias Caren por tu aportación.
Esperemos por lo que a mi me toca que con esta nueva Disposicición transitoria del TRLCI sobre los suelos urbanizables se puedan valorar dichos suelos según la realidad actual de cada municipio y su espectativa de desarrollo, y así que los ciudadanos paguen según la realidad del suelo que ostentan.
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