¿Cuánto mide mi parcela?

Sobre Catastro, Cartografía y Delimitación de la Propiedad

  • Carmen Femenia-Ribera

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Archive for the ‘Superficies’ Category

Jornada «LA IDENTIFICACIÓN GRÁFICA REGISTRAL. Cuestiones que suscita la aplicación de la Ley 13/2015, de 24 de junio». 29 abril 2016, Almería

Escrito por: Carmen Femenia-Ribera en 13 abril, 2016

El Grupo de Investigación «Estudios de Derecho Privado y Comparado» de la Universidad de Almería organiza la Jornada «LA IDENTIFICACIÓN GRÁFICA REGISTRAL. Cuestiones que suscita la aplicación de la Ley 13/2015, de 24 de junio».

Tendrá lugar durante la mañana del viernes día 29 de abril de 2016 en la Universidad de Almería.

Adjunto el programa de la jornada.

Personalmente participo como ponente con la ponencia titulada: «Limitaciones y precisiones de la cartografía catastral, implicación en la identificación gráfica registral».

Posted in Cartografía, Cartografía histórica, Catastro, Conceptos técnicos, Coordinación Catastro-Registro, Ley 13/2015, Notariado, Pericial Topográfica, Planos y propiedad, Precisión métrica, Registro de la Propiedad, Superficies, Técnicos, Topografía | Etiquetado: , , , , , , | Comentarios desactivados en Jornada «LA IDENTIFICACIÓN GRÁFICA REGISTRAL. Cuestiones que suscita la aplicación de la Ley 13/2015, de 24 de junio». 29 abril 2016, Almería

Coordinación Catastro-Registro: Nueva edición curso-jornada para juristas sobre los aspectos técnicos de la Ley 13/2015. 11 mayo 2016, Valencia

Escrito por: Carmen Femenia-Ribera en 21 marzo, 2016

El próximo miércoles 11 de mayo de 2016 se imparte en la Universitat Politècnica de València (Campus de Vera, Valencia) una nueva edición de la Jornada “Aspectos técnicos de la coordinación del Catastro con el Registro de la Propiedad y el Notariado a raíz de las recientes reformas: Ley 13/2015”; dirigida a personas con un perfil jurista que carezcan de los conocimientos técnicos que se tratan en la Ley 13/2015.

Resumen:

Con las nuevas modificaciones de la Ley Hipotecaria y de la Ley del Catastro Inmobiliario por la reciente Ley 13/2015 (BOE 25/6/2015), se han estrechado las relaciones del Registro y el Notariado con el Catastro y con la información gráfica; destacando un nuevo concepto técnico conocido como “representación gráfica georreferenciada”. Las resoluciones conjuntas de la Dirección General de los Registros y Notariado y de la Dirección General del Catastro por la que se regulan los requisitos técnicos para el intercambio de información entre el Catastro, los Registros y los Notarios (BOE 30/10/2015) han incluido conceptos técnicos propios de la Ingeniería Geomática. Por ejemplo, se puede destacar: georreferenciación, sistemas de referencia ETRS89 y REGCAN95, proyección UTM, listado de coordenadas, formato GML,… Estos conceptos pueden ser nuevos para los profesionales de perfil jurista, por ello el objetivo de esta jornada es tratar de aclararlos un poco.

Organizado por:

Departamento de Ingeniería Cartográfica, Geodesia y Fotogrametría (DICGF) http://www.upv.es/entidades/DICGF/, a través del Centro de Formación Permanente (CFP) http://www.upv.es/entidades/CFP/, de la Universitat Politècnica de València (UPV) http://www.upv.es/

Programa detallado:

Inscripción:

Lugar:

Se realiza en el Campus de Vera (Valencia) de la Universitat Politècnica de València. Ubicación del campus:

¿Cómo llegar?

Espero que os interese.

 

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Coordinación Catastro-Registro: Curso-Jornada para juristas sobre los aspectos técnicos de la Ley 13/2015. 12 marzo 2016, Valencia

Escrito por: Carmen Femenia-Ribera en 15 febrero, 2016

El próximo sábado 12 de marzo de 2016 se imparte en la Universitat Politècnica de València (Campus de Vera, Valencia) la Jornada “Aspectos técnicos de la coordinación del Catastro con el Registro de la Propiedad y el Notariado a raíz de las recientes reformas: Ley 13/2015”; dirigida a personas con un perfil jurista que carezcan de los conocimientos técnicos que se tratan en la Ley 13/2015.

Resumen:

Con las nuevas modificaciones de la Ley Hipotecaria y de la Ley del Catastro Inmobiliario por la reciente Ley 13/2015 (BOE 25/6/2015), se han estrechado las relaciones del Registro y el Notariado con el Catastro y con la información gráfica; destacando un nuevo concepto técnico conocido como “representación gráfica georreferenciada”. Las resoluciones conjuntas de la Dirección General de los Registros y Notariado y de la Dirección General del Catastro por la que se regulan los requisitos técnicos para el intercambio de información entre el Catastro, los Registros y los Notarios (BOE 30/10/2015) han incluido conceptos técnicos propios de la Ingeniería Geomática. Por ejemplo, se puede destacar: georreferenciación, sistemas de referencia ETRS89 y REGCAN95, proyección UTM, listado de coordenadas, formato GML,… Estos conceptos pueden ser nuevos para los profesionales de perfil jurista, por ello el objetivo de esta jornada es tratar de aclararlos un poco.

Organizado por:

Departamento de Ingeniería Cartográfica, Geodesia y Fotogrametría (DICGF) http://www.upv.es/entidades/DICGF/, a través del Centro de Formación Permanente (CFP) http://www.upv.es/entidades/CFP/, de la Universitat Politècnica de València (UPV) http://www.upv.es/

Programa detallado:

Inscripción:

Lugar:

Se realiza en el Campus de Vera (Valencia) de la Universitat Politècnica de València. Ubicación del campus:

¿cómo llegar?

Dicha fecha corresponde a los días previos a las fiestas de la ciudad: Las Fallas de Valencia; así que dicho día la ciudad de Valencia ya ha empezado con su ambiente festivo y varias calles estarán cortadas al tráfico. Indicar que el campus se encuentra en la parte noreste de la ciudad y no hay problemas de acceso, además el sábado, al ser día no lectivo, el parking del campus estará libre.

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Congreso TopCart 2016. Comisión 4: Catastro y Propiedad. 26-30 Octubre, Toledo

Escrito por: Carmen Femenia-Ribera en 8 febrero, 2016

Desde el Colegio Oficial de Ingeniería Geomática y Topográfica (COIGT) se presenta el TopCart 2016 – XI Congreso Internacional de Geomática y Ciencias de la Tierra, que tiene como objetivo dar a conocer los avances científicos y técnicos en materia de Geomática y demás ciencias afines

Tendrá lugar los días 26 al 30 de octubre en Toledo (España). El TopCart 2016 contará con cinco comisiones principales en las que la Geomática juega un papel relevante: La Comisión 4 es la que corresponde a Catastro y Propiedad.

  • Web del Congreso:

http://www.topcart2016.com

  • Primera circular:

Primera circular TopCart 2016

Ya se pueden presentar comunicaciones, os animo a que lo hagais.

Nos vemos en el Congreso.

 

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Repositorio de artículos y ponencias

Escrito por: Carmen Femenia-Ribera en 21 mayo, 2015

Esta entrada es para informar de que he añadido una nueva página-pestaña en el blog donde incluyo el enlace a dos repositorios en internet en donde se encuentran muchos de los artículos y ponencias que hemos publicado, gran parte a texto completo.

La idea es que los podáis tener todos juntos disponiendo de un fácil acceso por si os interesa alguno de los temas sobre los que trabajamos. Esperamos que os sean útiles.

  • Riunet Universitat Politècnica de València
  • Dialnet Universidad de La Rioja

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¿Qué le llega al ciudadano en el procedimiento de regularización catastral?

Escrito por: Carmen Femenia-Ribera en 29 abril, 2015

En una entrada anterior ya hablaba del procedimiento de regularización catastral.

A finales del año 2013 empezaron las primeras regularizaciones (pocas), y fue en 2014 cuando ya se empezó más en serio y se fue notando. El procedimiento de regularización tiene una duración aproximada de 6 meses; por tanto, aquellos municipios que empezaron a principios del año 2014 ya han acabado el proceso, y a los primeros ciudadanos les llegó ya la notificación de Catastro.

Llega a aquellos municipios que se encuentran inmersos en el procedimiento de regularización catastral (previamente se publican en el BOE el listado de municipios), y a aquellos ciudadanos de dicho municipio que tienen una construcción por regularizar (es decir, que no está en la base de catastro, y aún no tributa). Realmente al ciudadano le llega la notificación prácticamente al final del proceso, informándole de la situación de su construcción y dándole un periodo para alegar.

En este año 2015 aún no se han publicado en BOE ningún nuevo municipio, estamos en un momento pendiente de elecciones locales; así que cuando acaben supongo se retomará el proceso.

En esta entrada quiero mostrar un ejemplo de lo que le llega al ciudadano (y agradecer al titular que me ha dado su permiso para mostrarlo tachando los datos protegidos). Incluyo imágenes de la información recibida del inmueble y al final la hoja para el pago de las tasas de 60 euros. En la Sede Electrónica del Catastro también se puede encontrar información ampliada con los datos del inmueble antes y después de la regularización para que se pueda comparar, y una fotografía.

Recordar que con la notificación se paga la tasa de los 60 euros por los trabajos realizados. Luego, más tarde vendrá el recibo para el pago del IBI correspondiente.

Hoja Regularización1

Hoja Regularización2

Hoja Regularización3

Hoja Pago Tasa

Espero que os sea útil.

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Artículo en prensa: «La regularización del catastro es una forma de recaudar pero evita agravios»

Escrito por: Carmen Femenia-Ribera en 2 junio, 2014

Ayer domingo dia 1 de junio de 2014 se publicó en el periódico Información (el más leido de la provincia de Alicante) este artículo que titularon: «La regularización del catastro es una forma de recaudar pero evita agravios», a raiz de una pequeña entrevista que me hicieron basada en anteriores entradas sobre el tema de la regularización catastral.

Aquí os dejo la copia del artículo en la edición en papel:

Artículo Información

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La regularización catastral y los pagos pendientes del IBI

Escrito por: Carmen Femenia-Ribera en 8 abril, 2014

En el escrito «Aprovechemos el momento: Catastro y Propiedad» incluido en la entrada de Diciembre de 2012; ya en los 3 primeros párrafos  avisaba de la «regularización catastral», que en estos momentos está en pleno funcionamiento y arrancando.

Me refiero al tema de las omisiones catastrales (ampliaciones, reformas y rehabilitaciones), sobre todo a las que se refieren a construcciones. En la época en la que estamos pasando y con la gran necesidad de ingresos que necesitan las arcas municipales, el IBI es actualmente su principal fuente de ingresos; y es un impuesto que sigue subiendo. El Gobierno ya consciente de ello y conocedor de la existencia de bienes inmuebles no declarados y que por consiguiente no tributan ideó el llamado «procedimiento de regularización catastral».

Para ello, en Diciembre de 2012 en la Ley 16/2012, de 27 de diciembre, por la que se adoptan diversas medidas tributarias dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y al impulso de la actividad económica se incluye en su artículo 16 una Modificación del Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/20004, de 5 de marzo; que , en su Disposición adicional tercera trata el tema del Procedimiento de regularización catastral 2013-2016.

Procedimiento de regularización catastral:

– Dicho procedimiento consiste en la incorporación al Catastro Inmobiliario de los bienes inmuebles urbanos y de los bienes inmuebles rústicos con construcción. Es decir, incluir en la base de datos catastral aquellas construcciones que no figuran para que así paguen el correspondiente IBI que aún no habían pagado. Como podéis observar se refiere solo a las construcciones, que son las que realmente incrementan mucho el IBI.

– Se iniciará de oficio.

– Se irá aplicando a determinados municipios los cuales se publicarán en el BOE.

– En principio, la fecha de finalización estaba prevista para el 31 de diciembre de 2016; pero incluso ya son conscientes de que  es necesario ampliar el plazo y así se indica. Como se ve se publicó dicha modificación a la ley en diciembre de 2012 para empezar a aplicarse en 2013; como viene sucediendo al final no ha empezado a hacerse efectiva hasta finales de 2013 cuando empezaron a publicarse los primeros municipios (en principio unos pocos). Incluso en este caso se supone que dichos municipios terminaban su regularización en Abril de 2014 pero han tenido que ampliar el plazo hasta Junio 2014. En 2014 es cuando empiezan de verdad algunos municipios más. Actualmente la previsión de regularización es desde 2014 a 2017.

– Si se inicia de oficio, y tras la decisión de en qué municipios se va a realizar en cada periodo, al ciudadano que tenga una construcción no declarada en Catastro le llegará una comunicación avisándole, y tendrá 15 días para alegar.

– Con la notificación de la propuesta de regularización se adjuntará la liquidación de la tasa de regularización catastral, que es de 60 euros por inmueble.

Encomienda de los trabajos de regularización:

Los trabajos de regularización se encomiendan a SEGIPSA (Sociedad Estatal de Gestión Inmobiliaria de Patrimonio, S.A.), y dichos trabajos se realizan a través de empresas homologadas. Para ello en Noviembre de 2013, SEGIPSA sacó una nueva licitación para la Selección de empresas para su homologación, al objeto de prestar los siguientes servicios: «Regularización de trabajos catastrales sobre bienes inmuebles».

En la descripción de los trabajos (página 18) en el apartado C) se habla de los Trabajos catastrales relativos a la incorporación de inmuebles y alteraciones en el marco del procedimiento de regularización catastral 2013-2016, definido en la ley 16/2012 de 27 de diciembre por la que se modifica el Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario. En donde se diferencian:

– Regularización de inmuebles, en 3 fases. Este caso es el que más se paga a la empresa, con 31 euros (sin IVA) por cada expediente.

– Regularización de construcciones deportivas.

– Regularización de divisiones horizontales.

– Resolución de errores del cruce de bases de datos gráfica y alfanumérica.

– Obtención de fotografías.

¿Qué le espera al ciudadano?:

– Un buen día al titular catastral le llegará una notificación sobre el procedimiento de regularización catastral, en principio un código que deberá introducir en la Sede Electrónica del Catastro (SEC) para consultar el expediente de regularización.

– En el caso en que esté de acuerdo «no hay ningún problema», salvo que tiene que ir preparando el bolsillo; pero en el caso en que no, tiene 15 días para alegar.

– Y aquí aviso, en el caso de que los datos no están correctos es muy importante tenerlos en cuenta. Sobre todo porque a nivel económico el pago del IBI puede ser bastante considerable. Y para aclararlo pongo un ejemplo tipo, el caso más destacado que puede ser una construcción nunca declarada y existente ya hace unos años, y además construida en suelo rústico (un caso más común de lo que parece):

Ejemplo:

Imaginemos que un titular catastral tiene una parcela rústica de la que ha venido pagando el IBI religiosamente todos los años unos 30 euros al año (depende del valor catastral y del tipo de gravamen aplicado en ese Ayuntamiento). Un buen día decide hacer una construcción (bien legal o no legal, aquí no entro por ahora), es una construcción tipo vivienda. Ya pasan los años. Llega el periodo de regularización y la detectan, y tiene que pagar los 60 euros por regularizar (antes de esta procedimiento existían multas bastante considerables por no declarar). A partir de ahora ya es un bien inmueble con construcción, y en el caso de una construcción para vivienda se puede llegar a pagar por ejemplo hasta 300 euros. De los 30 que se pagaban antes hasta los 300 ya hay una diferencia considerable; de ahí el interés del gobierno y de las administraciones locales en este procedimiento. Y de hecho seria también injusto para los que hasta ahora habían declarado y pagaban todos los años. De todos modos aquí no acaba la cosa,  ya que si la construcción tiene ya algunos años el titular catastral no pagará tan solo el año actual, sino que puede pagar hasta 4 años; así que los 300 euros se pueden convertir en 300*4= 1200 euros, una suma nada despreciable.

– Así que si usted tiene una construcción no declarada y sabe que en su municipio van a hacer la regularización catastral (puede que este año no, pero en unos años entran todos los municipios) vaya ahorrando, y cuando le llegue la notificación compruebe que los datos son los correctos, una superficie de más o un mal uso puede implicar una considerable variación en la suma final a pagar.

– En cuanto al tema de si es legal o ilegal la construcción me gustaría aclarar lo siguiente; cuando salió publicada la ley los medios de comunicación titulaban la noticia como «El gobierno legaliza construcciones ilegales por 60 euros» hablando incluso de amnistía. Este procedimiento no significa que se convierta la construcción en legal, ni mucho menos; que por ejemplo en Catastro aparezca como urbana y pague por ello no significa que legalmente sea urbana. Esto es tema del Ayuntamiento. Pensar en un señor que tiene legal su vivienda y paga el IBI correspondiente; sería totalmente injusto que al final a un vecino con casa ilegal (por ejemplo) además se le perdone el IBI, al menos que pague el impuesto correspondiente; el tema de la legalidad ya es tema aparte.

Nos esperan unos años de regularización, y creo que con las omisiones catastrales que hay tal vez sean más de cuatro. Así que a ir preparándose.

 

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Tesis Doctoral: “Diseño y desarrollo de un modelo de datos dinámico con software libre para la delimitación gráfica de las propiedades en España”

Escrito por: Carmen Femenia-Ribera en 20 diciembre, 2013

Me enorgullece poder presentaros la siguiente tesis doctoral realizada por el profesor Dr. Gaspar Mora Navarro y la cual he cotutorizado. Pertenece al programa de Doctorado de Ingeniería en Geodesia y Cartografía del Departamento de Ingeniería Cartográfica, Geodesia y Fotogrametría de la Universitat Politècnica de València. Presentada en Mayo de 2013.

La explicación en este blog la he realizado conjuntamente con el profesor Gaspar Mora.

Introducción y antecedentes de la tesis

La tesis se engloba en el marco de un país con un sistema de catastro fiscal como el español, en donde las bases gráficas de los bienes inmuebles no corresponden a un tipo de catastro jurídico. Y en donde la cartografía se ha obtenido por diferentes técnicas de ejecución, con precisiones diferentes.

Fundamentalmente, en los últimos años, dicha cartografía se ha realizado identificando la parcela-finca (bien inmueble) sobre una ortofoto; es decir fotointerpretando sus linderos aparentes, en muchos casos con desconocimiento del proceso por parte de los titulares, y sin un dato claro de la precisión de cada lindero de modo independiente. El conocimiento y almacenamiento de dichos datos permitiría dar una mayor seguridad jurídica al tráfico inmobiliario.

Resumen y texto completo

En este contexto, se ha realizado la tesis doctoral del profesor Gaspar Mora Navarro para tratar de aportar una mejora al procedimiento actual ya existente. Aquí se incluye el resumen.

Se dispone además del texto completo en pdf en el siguiente enlace:

http://riunet.upv.es/handle/10251/321/browse?authority=27239&type=author

Explicación general de la aplicación en el caso español: Sistema TopoDelProp

En la tesis se ha diseñado y desarrollado un programa en software libre llamado TopoDelProp.

Básicamente se propone que, si hay una petición de un particular en la delimitación de su finca, los datos de la delimitación, pasen en este caso al Registro de la Propiedad (en donde se han realizado las pruebas piloto) y, una vez revisada, y aceptada por el registrador, la correspondencia, entre el recinto obtenido y la descripción del folio registral, los datos topográficos de la delimitación, no se queden en una simple memoria topográfica, que se queda el interesado y que probablemente se pierda. La memoria del trabajo topográfico contiene los metadatos de la delimitación. Con ella se justifica el motivo, la metodología, las precisiones alcanzadas, quién interviene en el trabajo, etc. Estos metadatos son fundamentales, igualmente importantes que las propias coordenadas del perímetro obtenido. La información legal de una finca puede ser exacta, pero se refiere a un objeto presente en el terreno delimitado por su perímetro. Los metadatos geográficos describen la fiabilidad del perímetro de la finca. Sin estos metadatos, la información legal puede desconocer exactamente a que objeto afecta.

Para demostrar que es posible el almacenamiento de los metadatos propios de una delimitación de una finca, se ha desarrollado TopoDelProp, un sistema que podría ser utilizado en España como base de datos temporal para almacenar los datos topográficos resultantes de una delimitación de una finca, mientras se desarrolla un sistema oficial para este fin.

Esquema de funcionamiento de TopoDelProp

TesisGaspar Imagen1

El sistema maneja cinco capas de información geográfica: fincas, lindes, elementos interiores, imágenes y servidumbres. Todos los datos se aglutinan en un trabajo de delimitación.

TesisGaspar Imagen2

Realizando delimitaciones aisladas, poco a poco, y a modo de puzle, con un sistema como el que se propone, se podría obtener una cartografía de bienes inmuebles donde se sabe, para cada linde: quién lo levantó, qué precisión tiene, si los vecinos estaban presentes o no, si están de acuerdo y si hay acta de deslinde.

TesisGaspar Imagen3

El proceso es mucho más caro que la fotointerpretación, pero también aporta mucha mayor seguridad jurídica, siempre que hayan intervenido, además del geómetra (topógrafo), un notario o un registrador, o ambos, para añadir validez jurídica al trabajo topográfico.

El sistema es complicado de instalar y utilizar, porque intenta resolver un problema complejo, pero es posible. En la tesis se encuentran las instrucciones de instalación, así como el manual (unas 100 páginas). Además se puede consultar la ayuda disponible en el programa.

Aplicación

El programa es software libre y por tanto gratuito, y se puede descargar desde internet e instalarlo en un PC. Además es configurable para cualquier sistema de referencia, por lo que puede ser utilizado en cualquier país. Permite el almacenamiento de unos datos que inicialmente no existen en muchos catastros de tipo fiscal y en donde la información se encuentra muy dispersa entre el Catastro y el Registro de la Propiedad, en los cuales sería necesaria una mayor coordinación entre los datos gráficos-técnicos y los jurídicos.

La información que inicialmente recoge TopoDelProp está preparada para almacenarse fácilmente en una base de datos nacional ya existente, o nueva, según se considere en cada país. En el caso de España se ha optado por el almacenaje de estos metadatos en el Registro de la Propiedad, en donde por la situación existente actualmente es el lugar más factible, siendo luego enviados a Catastro.

Depende de la situación existente en cada caso y en cada momento; lo importante es almacenar estos datos independientemente de dónde.

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Ya tenéis lectura para estas fiestas, espero que os guste, la disfrutéis y que algún día pueda ser útil.

FELICES FIESTAS¡¡¡

16 de enero de 2014 ————————————————————————————————————

Por si quereis instalarlo y probarlo aquí teneis el enlace:

http://personales.upv.es/joamona/index.html

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Características Físicas de Fincas Rústicas en el Registro de la Propiedad

Escrito por: Carmen Femenia-Ribera en 9 julio, 2013

Hace ya 10 años que publiqué este artículo, y que me gustaria compartir con los que no lo conozcais. Fué de lo primero que escribí en esta línea, y ahora que lo releeo veo que no ha cambiado mucho al respecto; salvo los temas relacionados con las bases gráficas registrales y las nuevas tecnologías (como las infraestructuras de datos espaciales y los servicios wms).

Sigo con la esperanza de que ahora es el momento de realizar cambios y mejorar el sistema; y me consta que el Registro de la Propiedad está realizando un gran esfuerzo al respecto. Como comenté en anteriores entradas la coordinación con el Catastro es un tema que ya lleva muchos tiempo «coleando», y es necesaria una verdadera coordinación, con colaboración de todos los entes implicados, tanto juristas como técnicos, sin olvidar al ciudadano. Además, con los actuales avances tecnológicos se pueden conseguir grandes logros, ahora posibles y que no lo eran hace tan solo una década. Esto completaria la seguridad jurídica en la delimitación de fincas; los organismos implicados funcionan muy bien de modo independiente, pero es necesaria una coordinación efectiva, que si se consigue logrará que tengamos un sistema realmente eficaz y del que podamos sentirnos verdaderamente orgullosos.

Hay que conseguir un nivel de seguridad al que me gusta llamar de «fincas blindadas»; en el cual esté donde esté el dueño, pasen los años que pasen, hayan desaparecido los mojones que delimitaban su finca, haya perdido su escritura, o demás problemas…. que cuando vuelva exista un sistema que permita marcar exactamente (al centímetro a nivel mundial) su propiedad. Esto ahora es posible, hagamos que sea una realidad.

El artículo os lo dejo a continuación. Se publicó en la revista del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos en Topografía: «Topografía y Cartografía» (volumen XX. Número 16. Mayo-Junio 2003).

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