¿Cuánto mide mi parcela?

Sobre Catastro, Cartografía y Delimitación de la Propiedad

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Posts Tagged ‘Opinión’

Jornadas «Geómetra Experto». 5 Diciembre 2013, UPValència

Escrito por: Carmen Femenia-Ribera en 26 noviembre, 2013

La figura del «geómetra experto» existe en varios países europeos, y viene a ser un «geómetra» especializado en temas de propiedad. En España no existe esta figura, aunque un profesional con estos conocimientos seria muy útil para preveer y resolver multitud de problemas.

En cuanto al nombre de «geómetra» lo podemos traducir así, o como agrimensor, geodesta, cartógrafo o similar. Y el apartado de «geómetra experto» viene de una traducción literal del francés; de otros países realmente no sabria como traducirlo; tan solo vale la pena leer los nombres de las distintas figuras en los diferentes países en donde existe. Aquí os dejo un enlace (página en inglés) que os cuenta algo más al respecto:

http://www.clge.eu/ge

Sobre esta web anterior os dejo una traducción realizada por una alumna para su proyecto final de carrera, por si os aclara un poco más:

Sobre esta figura y desde la Delegación de la Comunidad Valenciana y Murcia del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos en Topografia, en colaboración con el Departamento de Ingeniería Cartogràfica, Geodesia y Fotogrametría (DICGF) y la Escuela Técnica Superior de Ingeniería Geodésica, Cartográfica y Topográfica (ETSICGT) de la Universitat Politècnica de València (UPV), se han organizado para el próximo jueves 5 de Diciembre unas jornadas para presentar esta figura existente en Europa. Os dejo el programa de las jornadas:

Como veis habla de «geómetra europeo» pero pienso que no solo debe centrarse en Europa, así que prefiero llamarlo «geómetra experto». Realmente es un fedatario público con base técnica y conocimientos jurídicos, y de profesión liberal. Pienso que aunque no sea fedatario público, los conocimientos de los que dispone le hacen muy necesario para evitar y resolver multitud de problemas del día a día. Los problemas técnicos relacionados con la propiedad son innumerables y esta figura seria muy necesaria en Catastro, Registro de la Propiedad, Notariado, Abogacia, Juzgados, ciudadanos,…  Personalmente creo que  tiene un gran campo de actuación, y esta figura, hoy por hoy, en España no existe.

En las jornadas gratuitas del día 5 de Diciembre, tres geómetras expertos (danés, alemán y francesa) presentarán como funciona en su país esta figura, cerrando la jornada un compañero español vicepresidente de la CLGE. Realmente las recomiendo para que nos demos cuenta como resuelven estos problemas en algunos países fuera de España, y podamos tomar ideas para aplicarlas algun día en nuestro país. Una de estas charlas la escuché el año pasado en el último congreso TopCart (anunciado en una entrada anterior en este blog) en donde se explicó fundamentalmente esta figura en Francia. Siendo como somos un país con un modelo fiscal de Catastro, el especialista en estos temas es doblemente útil.

Aunque ya conozco las respuestas me gustaria que los ponentes hablaran sobre estos temas para que nos concienciáramos de ello:

– ¿Desde cuándo existe en cada país?.

– ¿Es obligatorio? ¿Si es obligatorio, en qué casos? ¿Voluntariamente se utilizan sus servicios?

– ¿Quién paga estos trabajos? ¿Cuánto valen?

– ¿Cómo se distribuyen en el territorio?

– ¿Qué información y datos generan? ¿Dónde se almacenan? ¿Estos datos tienen validez jurídica?

– ¿Qué relación tienen con el Catastro?

etc….

Espero que tambien os interese y podais acudir, la inscripción previa es hasta el dia 3.

Página de inscripción: http://xurl.es/GeometraEuropeoVLC

Realmente creo que vale la pena que se conozca.

16 de diciembre 2013 ———————————————————————————————————–

Ya están en YouTube los vídeos de las jornadas, vale la pena escucharlos:

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Los inicios… y enlaces a otros blogs

Escrito por: Carmen Femenia-Ribera en 26 julio, 2013

Para entretenerse este verano os dejo información sobre:

– Los inicios… de este blog, para aquellos que lo conozcais más tarde; con un artículo divulgativo de la temática general de que trata.

– Enlaces a otros blogs relacionados, en algun aspecto, con la temática de este. Por si no los conoceis

Espero que los disfruteis. Y feliz verano

Posted in Cartografía, Catastro, GeoBase, Infraestructura de Datos Espaciales (IDE), Notariado, Planos y propiedad, Registro de la Propiedad, Técnicos, Términos municipales, Topografía | Etiquetado: , , , | Comentarios desactivados en Los inicios… y enlaces a otros blogs

Características Físicas de Fincas Rústicas en el Registro de la Propiedad

Escrito por: Carmen Femenia-Ribera en 9 julio, 2013

Hace ya 10 años que publiqué este artículo, y que me gustaria compartir con los que no lo conozcais. Fué de lo primero que escribí en esta línea, y ahora que lo releeo veo que no ha cambiado mucho al respecto; salvo los temas relacionados con las bases gráficas registrales y las nuevas tecnologías (como las infraestructuras de datos espaciales y los servicios wms).

Sigo con la esperanza de que ahora es el momento de realizar cambios y mejorar el sistema; y me consta que el Registro de la Propiedad está realizando un gran esfuerzo al respecto. Como comenté en anteriores entradas la coordinación con el Catastro es un tema que ya lleva muchos tiempo «coleando», y es necesaria una verdadera coordinación, con colaboración de todos los entes implicados, tanto juristas como técnicos, sin olvidar al ciudadano. Además, con los actuales avances tecnológicos se pueden conseguir grandes logros, ahora posibles y que no lo eran hace tan solo una década. Esto completaria la seguridad jurídica en la delimitación de fincas; los organismos implicados funcionan muy bien de modo independiente, pero es necesaria una coordinación efectiva, que si se consigue logrará que tengamos un sistema realmente eficaz y del que podamos sentirnos verdaderamente orgullosos.

Hay que conseguir un nivel de seguridad al que me gusta llamar de «fincas blindadas»; en el cual esté donde esté el dueño, pasen los años que pasen, hayan desaparecido los mojones que delimitaban su finca, haya perdido su escritura, o demás problemas…. que cuando vuelva exista un sistema que permita marcar exactamente (al centímetro a nivel mundial) su propiedad. Esto ahora es posible, hagamos que sea una realidad.

El artículo os lo dejo a continuación. Se publicó en la revista del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos en Topografía: «Topografía y Cartografía» (volumen XX. Número 16. Mayo-Junio 2003).

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La coordinación Registro-Catastro, el Geobase y la Ley Hipotecaria

Escrito por: Carmen Femenia-Ribera en 15 abril, 2013

Al respecto de estos temas enlazo un artículo publicado en el año 2003 en la Revista Estudios Geográficos:

Aunque ya han pasado diez años, en materia de coordinación no se ha avanzado mucho más. Y justo ahora, parece ser, que se va a dar un nuevo paso con la Reforma de la Ley Hipotecaria.

Al respecto enlazo el polémico borrador del Anteproyecto de Ley de Reforma Integral de los Registros (que en estos momentos se encuentra sobre la mesa en pleno debate), en el artículo cuatro habla de la Reforma de La Ley Hipotecaria (páginas 60-65) modificando los artículos 9 y 10 de la misma y tratando el tema de la esperada coordinación entre el Registro de la Propiedad y el Catastro:

Cualquier cosa que se haga en esta línea es un nuevo paso, aunque a mi parecer se queda un tanto corto. Como ya comenté en mi escrito en Diciembre sobre «Aprovechar el momento», ahora estamos en el momento perfecto para seguir avanzando y hacer las cosas mejor. Sobre todo quiero destacar dos puntos:

– Según la reforma de la ley se entiende que la representación gráfica de la finca en Catastro y en Registro de la Propiedad se corresponde cuando sus diferencias de cabida no exceden del 10% de la cabida inscrita. Pero… ¿no seria mejor decir cuanto? no es lo mismo un 0% que un 10%; en algunos casos es muy importante este dato, y  además otra información que costaria muy poco de recopilar  y daria una mayor seguridad (los metadatos: cómo, quién, cuándo, cuánto, dónde…?).

– En el supuesto de que el titular registral manifieste expresamente que la certificación catastral gráfica y descriptiva no se corresponde con la realidad física de su finca se remitirá esta información, en el plazo de 3 días, a Catastro, a efectos de que se practique la alteración catastral. Pero no dice realmente que tenga que hacerse, solo dice que si se hace se trasladará, en el plazo de 3 días, al Registro de la Propiedad. El problema que veo es que Catastro no tiene los suficientes medios para hacerlo, así que mucho me temo que se quedará por hacer. ¿No seria momento de llevarlo a cabo? Debería regularse un procedimiento rápido y eficaz para poder hacerlo en el caso que se quiera. Me temo que no seria gratuito para el ciudadano, pero hagamos el procedimiento para quien quiera pagarlo; en muchos casos vale la pena.

Estos dos aspectos, aunque no estén previstos inicialmente en esta ley (aún estamos a tiempo para que lo sean) espero que puedan contemplarse en futuros desarrollos; es algo necesario y ahora es el momento. Pidámoslo¡¡¡

Estos temas están de completa actualidad en España, y al respecto se pueden leer muy diversas opiniones, así que aprovecho y enlazo dos artículos con puntos de vista muy distintos, espero que os gusten y que podais sacar vuestras propias conclusiones:

—————————————-

Publicado 16/4/2013

Al respecto de lo publicado ayer en esta entrada, queria añadir algun comentario e interpretación a los artículos 9 y 10 tal como quedarian con esta Reforma de la Ley Hipotecaria. Ante todo aclarar que este documento es un mero borrador que, como ya dije, está ahora sobre la mesa, y puede modificarse, y existir diversas versiones.

– En el apartado c del artículo 9 se habla literalmente de:

«Se entenderá que existe correspondencia entre la representación gráfica aportada y la descripción literaria de la finca, cuando ambos recintos se refieran básicamente a la misma porción del territorio y las diferencias de cabida, si las hubiera, no excedieran el diez por ciento de la cabida inscrita y no impidan la perfecta identificación de la finca inscrita ni su correcta diferenciación respecto de los colindantes.».

Habia hablado de la representación gráfica de la finca en Catastro y en Registro de la Propiedad, realmente la ley no dice especificamente la finca en Catastro, sino que habla de la representación gráfica aportada, que puede ser la información de la certificación catastral descriptiva y gráfica u otra representación gráfica georreferenciada alternativa. De todos modos, en cualquier caso, seria necesaria una información de los metadatos correspondientes: lo importante no es quien los guarde, sino que se pidan y que en algun sitio se guarden. Como ya comenté daria una mayor seguridad, solo hay que pedir los datos y almacenarlos.

– El procedimiento rápido y eficaz que debiera regularse para llevar a cabo la alteración catastral creo que cabria en este apartado de la ley, en el punto 3 del artículo 10:

«Únicamente podrá aportarse una representación gráfica georreferenciada complementaria o alternativa a la certificación catastral gráfica y descriptiva en los siguientes supuestos:

a. Procedimientos de concordancia entre el Registro de la Propiedad y la realidad extrarregistral en los que expresamente se admita una representación gráfica alternativa.

b….

En estos supuestos, el Registrador en el plazo de tres días hábiles desde la inscripción, remitirá la información al Catastro, de acuerdo con su normativa reguladora, para que este practique, en su caso, la alteración que corresponda.»

Por la imposibilidad de medios no creo que Catastro pueda realizar la alteración catastral, pero este apartado abre una puerta para que, desde el Registro, se pueda realizar esta alteración. Ahora faltaria regular este procedimiento en un futuro desarrollo de la ley, como seria el reglamento hipotecario. Y espero y deseo que se regule pronto este procedimiento rápido y eficaz para adaptar la «realidad extrarregistral» a la base gráfica catastral.

Ahora tan solo nos queda «pedir» y esperar.

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Propiedad: Identificar, delimitar y gestionar

Escrito por: Carmen Femenia-Ribera en 7 febrero, 2013

Siguiendo la línea de mi anterior entrada quisiera aclarar algunos conceptos, así que he escrito el siguiente documento.

Propiedad: Identificar, delimitar y gestionar

Y ahora me gustaria preguntaros:

¿Si en vez de identificar se utilizara el procedimiento de delimitación de la propiedad qué problemas crees que se prevendrían? Id añadiendo a la lista, y pasadla. A veces yo misma me sorprendo de los problemas que se pueden evitar.

Y además, si sabes del tema es que eres…

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Aprovechemos el momento

Escrito por: Carmen Femenia-Ribera en 19 diciembre, 2012

Tras el año que llevamos, y con los últimos acontecimientos en el mundo y en el país, cada vez estoy más convencida de que este es el momento de invertir en el Catastro y en la Gestión Geográfica de la Propiedad, en su delimitación; así que, por fin, me he decidido a escribir mi «carta a los reyes».

Planteo en 2 hojas las razones que me hacen pensar en ello, y por donde se debería empezar, que ya es bastante. Espero que os guste y os haga reflexionar en estas fiestas.

«Aprovechemos el momento: Catastro y Propiedad»

Y de todos modos os agradeceria que lo pasarias, y si estais de acuerdo, añadierais un «me gusta».

¡¡FELICES FIESTAS¡¡

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El documento: Informe Pericial Topográfica

Escrito por: Carmen Femenia-Ribera en 26 septiembre, 2012

Algunas veces, alguno de vosotros me ha preguntado por un manual práctico sobre periciales topográficas que hice en al año 2000 para mis alumnos. Realmente era un libro de apuntes que actualmente ya está descatalogado. Pero… como cosidero, que, aunque un tanto desactualizado, puede que a unos cuantos interese os dejo una copia en pdf del capítulo sobre el «Informe Pericial».

Como he dicho, después de 12 años (ya hace tiempo…) podrian cambiar bastantes cosas, pero el apartado de «El documento: Informe Pericial», aún lo puedo considerar como válido para quien haga sus primeros trabajos de este tipo; tanto intervenga  o no en un juicio. Aquí cada uno valorará si debe incluir o no todos los apartados, según el trabajo realizado, la responsabilidad que derive y por supuesto, el coste económico.

Son más bien reflexiones y opiniones personales, que actualmente matizaria mucho más, pero espero que os pueda servir como una primera idea.

El documento: Informe Pericial

Y añado alguna recomendación más:

  • Si es para un juicio, o puede llegar a él, no olvidarse leer la Ley de Enjuicimiento Civil del año 2000. Apartado: sección 5ª Dictamen de Peritos
  • En las copias digitales, cuidar de firmar los documentos digitalmente.
  • En las copias en papel, las más utilizadas en estos temas (y que no falten) recomiendo:

– Los planos en A4, máximo A3. A ser posible con escala también gráfica.

– No encuadernar. Mejor un sistema que permita separar las hojas.

– Pero…  numerarlas bien (n de x, total) y firmar y/o sellar todas las hojas y planos.

– Y por último, que quede claro cuantas copias hay circulando en papel (tal vez no estaria de más indicarlo al inicio en cada copia en la propia portada al pie de página).

Espero que os pueda ser útil algun dia.

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No hace falta subir el IBI…

Escrito por: Carmen Femenia-Ribera en 24 julio, 2012

A continuación os presento un artículo de opinión sobre la actualización de las contrucciones en Catastro y el IBI.

Artículo: «No hace falta subir el IBI…»

Espero que os guste y os haga reflexionar durante el verano.

Así que.., a los que podais disfrutar de las vacaciones (no forzadas) os deseo que las aprovecheis al máximo.

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La superficie REAL… ¿cuál és?

Escrito por: Carmen Femenia-Ribera en 21 noviembre, 2011

El pasado sábado 19 de Noviembre apareció publicado en el periódico Levante – El Mercantil Valenciano (periódico más leido en la Comunidad Valenciana) el siguiente artículo titulado: «La superficie REAL… ¿cuál és?»

Este es el enlace a la edición digital; apareció como el más votado del día, supongo que porque el tema realmente interesa al ciudadano.

Aquí os dejo la copia del artículo en la edición en papel:

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De INSPIRE a LISIGE

Escrito por: Carmen Femenia-Ribera en 23 junio, 2011

La transposición en España de la Directiva INSPIRE, comentada en la entrada anterior, viene a ser la llamada  LISIGE, oficialmente conocida como: Ley 14/201o, de 5 de julio, sobre las Infraestructuras y los Servicios de Información Geográfica en España.

Desde la Directiva INSPIRE se establecían dos años para desarrollar dicha Ley en cada estado miembro; en España hemos tardado un poco más, pero ya está aquí (desde julio del año pasado).

La LISIGE va más allá de las políticas medio ambientales que se planteaban en la Directiva INSPIRE, abarca todo tipo de servicios de información geográfica y cartográfica. En España, el responsable de todo este tema es el Consejo Superior Geográfico, CSG (del Instituto Geográfico Nacional, IGN).

La LISIGE viene a desarrollar y ampliar la Ley de Ordenación de Cartografía (LOC) de 1986 y el Real Decreto sobre el Sistema Cartográfico Nacional (SCN) del 2007.

Todas estas leyes se centran en la «optimización de recursos cartográficos», que falta nos hacia¡¡¡, no podía ser que cada organismo repitiera la misma información (cartografía de determinada zona del territorio) aunque fuera para fines diferentes.

Desde la LOC han pasado ya 25 años y muchos de sus planteamientos no han llegado a cumplirse, había perdido la esperanza, ha sido a partir de estos últimos años cuando realmente ha empezado a «moverse» con la legislación sobre el SCN del 2007, incluso ya empiezan a verse resultados. Con la LISIGE se ha dado un paso más, así que ahora tengo esperanzas en una nueva ley que creo y espero que funcione, aunque no cumplamos siempre con todos los plazos, a final todo llegará.

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