A continuación os dejo este enlace en youtube con un video (13:22′) que hace un breve recorrido histórico en materia de coordinación Catastro y Registro de la Propiedad en España; a través de la legislación antes de la Ley 13/2015.
Archive for the ‘Notariado’ Category
Coordinación Catastro-Registro, antes Ley 13/2015
Escrito por: Carmen Femenia-Ribera en 11 mayo, 2020
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Vuelve el CURSO «CATASTRO Y REGISTRO». Marzo-Abril 2020 (suspendido temporalmente)
Escrito por: Carmen Femenia-Ribera en 6 febrero, 2020
Tras unos años sin impartir este tipo de cursos, vuelve el Curso «CATASTRO Y REGISTRO» en la Universitat Politècnica de València (UPV).
Resumen:
El curso está orientado a dar los conocimientos iniciales básicos sobre la situación del Catastro y el Registro de la Propiedad en España, desarrollando fundamentalmente la cartografía catastral y la relación actual del Catastro con el Registro, centrándose sobre todo en la información gráfica.
El curso se divide en tres bloques:
– Catastro (aprox. 15 horas), con especial hincapié en la cartografía catastral
– Registro de la Propiedad (aprox. 5 horas), destacando las descripciones físicas de las fincas y la relación con el Catastro
– Ley 13/2015 de coordinación Catastro-Registro (aprox. 10 horas)
Datos básicos:
– Fechas:
Del 27/03/2020 al 25/04/2020 (tres viernes tarde y sábados mañana)
Viernes, 27/03/2020; 15:30-20:30 h.
Sábado, 28/03/2020; 9-14 h.
Viernes, 03/04/2020; 15:30-20:30 h.
Sábado, 04/04/2020; 9-14 h.
Viernes, 24/04/2020; 15:30-20:30 h.
Sábado, 25/04/2020; 9-14 h.
– Lugar:
Universitat Politècnica de València. Campus de València
– Precio:
De 200 a 240 € (con entrega de libro)
– Duración:
30 horas presenciales en aula informática
Organizado por:
Departamento de Ingeniería Cartográfica, Geodesia y Fotogrametría (DICGF) http://www.upv.es/entidades/DICGF/, a través del Centro de Formación Permanente (CFP) http://www.upv.es/entidades/CFP/, de la Universitat Politècnica de València (UPV) http://www.upv.es/
Programa detallado e Inscripción on-line:
Lugar:
Se realiza en el Campus de Vera (Valencia) de la Universitat Politècnica de València. Ubicación del campus:
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Ponencias del XII Simposio del Comité Permanente del Catastro en Iberoamérica (CPCI): 12-14 Noviembre 2019, Granada, España
Escrito por: Carmen Femenia-Ribera en 12 diciembre, 2019
El pasado mes de noviembre se celebró en Granada (España) el XII Simposio del Comité Permanente del Catastro en Iberoamérica (CPCI), en donde se congregaron distintas instituciones públicas con funciones catastrales en Iberoamérica. Hubo unos 500 participantes y cerca de 60 presentaciones de 22 países de Iberoamérica (Argentina, Brasil, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, Guatemala, México, Panamá, Paraguay, Perú, Puerto Rico, Uruguay) y Europa (Austria, Bielorrusia, España, Finlandia, Holanda, Irlanda, Italia, Portugal).
- Enlace del evento:
https://www.cpcigranada2019.com
- Programa (pdf):
- Enlace presentaciones-ponencias (pdf):
Aquí se pueden encontrar la mayoría de las presentaciones de las ponencias, todas ellas de gran interés.
http://www.catastrolatino.org/xiisimposio.asp
Aprovecho y enlazo la ponencia (en pptx) que presenté en representación de la Asociación Panamericana de Profesionales de la Agrimensura y Topografía (APPAT):
Comité Permanente del Catastro en Iberoamérica (CPCI)
El Comité Permanente sobre el Catastro de Iberoamérica (CPCI) se constituye como un foro que agrupa a las instituciones públicas con funciones catastrales en Iberoamérica.
Tomando en consideración la influencia del Catastro en los sistemas legales y en las economías de Iberoamérica, su misión es la de servir como red de excelencia sobre el Catastro, facilitando para ello el intercambio de información, pericia, apoyo tecnológico y mejores prácticas entre sus miembros.
El CPCI representa asimismo un vínculo privilegiado entre las organizaciones catastrales y otras instituciones públicas o privadas que requieran información catastral para desempeñar sus actividades.
- Página web CPCI:
http://www.catastrolatino.org/
Comité Directivo del CPCI
El Comité Directivo está formado por una presidencia, una vicepresidencia y dos vocalías con una duración de mandato de dos años. Hasta ahora la presidencia la ocupaba el instituto Nacional de Colonización y Reforma Agraria (INCRA) de Brasil, que acababa en noviembre 2019. Tras la votación realizada en la Asamblea del CPCI celebrada en Madrid (Noviembre de 2019) el Nuevo Consejo Directivo (durante los próximos dos años) ha quedado constituido por:
– Presidencia: Dirección General del Catastro (DGC). España
– Vicepresidencia: Dirección General del Catastro del Estado de Quintana Roo (SEFIPLAN). México
– Vocalía: Registro de Información Catastral (RIC). Guatemala
– Vocalía: Organismo de Formalización de da Propiedad Informal (COFOPRI). Perú
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Ciclo webinars: Coordinación Catastro y Registro de la Propiedad en España, 2019. Red de Expertos Iberoamericanos en Catastro
Escrito por: Carmen Femenia-Ribera en 5 septiembre, 2019
Se presenta el ciclo webinar ya finalizado que pretende realizar un análisis de la experiencia española tras la promulgación de la Ley 13/2015 que reforma la Ley Hipotecaria y el texto refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario, cuyo objetivo es conseguir la deseable e inaplazable coordinación Catastro-Registro, con los elementos tecnológicos hoy disponibles, a través de un fluido intercambio seguro de datos entre ambas instituciones. De esta forma, se está potenciando la interoperabilidad entre el Catastro y el Registro y se está dotando al procedimiento de un marco normativo adecuado, y así de un mayor grado de acierto en la representación gráfica de los inmuebles, incrementando la seguridad jurídica en el tráfico inmobiliario y simplificando la tramitación administrativa.
Se presentan las 6 sesiones (en videos de aproximadamente 1 hora cada uno) del ciclo de webinar realizado desde abril a julio de 2019 a través de la Red de Expertos Iberonamericanos en Catastro de la Fundación CEDDET. Red enmarcada en el programa Intercoonecta de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID). Dicha fomación es impartida por personal de la Dirección General del Catastro (DGC) y del Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España (CORPME).
W1: Antecedentes y normativa
W2: Procedimientos y herramientas
W3: Incidencia en la resolución de conflictos
W4: Aplicación de la ley y posibles vías de mejora
W5: Procedimientos registrales
W6: Aplicabilidad a países iberoamericanos
- Información ciclo webinar: Coordinación Catastro y Registro en España (pdf)
- Ciclo webinar: Coordinación Catastro y Registro en España (acceso a las grabaciones)
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Encuesta para evaluar el uso de la Cartografía Catastral Histórica en la delimitación de la propiedad (hasta 30/4/2019)
Escrito por: Carmen Femenia-Ribera en 21 febrero, 2019
– A continuación te presentamos unas cuestiones para que valores la importancia del uso de la Cartografía Catastral Histórica en la resolución de problemas fundamentalmente en temáticas relacionadas con la delimitación de la propiedad, como puedan ser: identificación de parcelas catastrales-fincas registrales, definición de linderos, cálculos de superficies, existencia o no de construcciones o de su año de construcción, subsanaciones de catastro, etc…
– Está totalmente abierta, puede participar cualquiera que haya tenido algún contacto con cartografía catastral histórica.
– El cuestionario está básicamente planteado para España, aunque muchas de las preguntas pueden ser igualmente respondidas desde otros países a los que también animamos a participar.
– Es muy importante que nos respondas de modo sincero a las cuestiones planteadas (no te llevará más de 7 minutos, son 20 preguntas), ya que nos permitirá conocer tu opinión sobre la utilidad de la cartografía catastral histórica.
– El formulario para evaluar las respuestas se cerró el domingo 30 de abril de 2019. Aunque el enlace continua abierto por si se quieren consultar las preguntas o cumplimentarlas; las respuestas llegan al administrador y son tenidas en consideración, pero ya no serán analizadas.
– Este formulario ha sido elaborado desde el Departamento de Ingeniería Cartográfica, Geodesia y Fotogrametría, DICGF de la Universitat Politècnica de València, UPV; http://www.upv.es (España) como trabajo de investigación.
– Los datos recopilados se utilizarán con fines estadísticos.
– Te agradecemos de antemano tu colaboración. Y agradeceríamos del mismo modo si pudieras difundir este formulario entre aquellos contactos que consideres que pueden aportar información.
Enlace acceso encuesta:
https://goo.gl/forms/f5ZUMpHr1F61stQi2
Muchas gracias por colaborar.
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Nueva herramienta de la Sede Electrónica del Catastro (SEC): Visor y editor gráfico parcelario
Escrito por: Carmen Femenia-Ribera en 25 enero, 2019
Desde hace un tiempo, fundamentalmente desde la entrada en vigor de la Ley 13/2015 que permite la coordinación gráfica entre el Catastro y el Registro, la Dirección General del Catastro (DGC España) está realizando mejoras continuas en la Sede Electrónica del Catastro (SEC). Justo este miércoles 23 de enero de 2019 renovaba también el aspecto de la página principal de la SEC:
Aunque lo que realmente quiero señalar en esta entrada es una nueva herramienta puesta en marcha a mitad de noviembre de 2018: el editor gráfico parcelario, del también nuevo visor de cartografía catastral.
Hace unos meses ya se puso en marcha el nuevo visor de cartografía catastral que permite ver todo el territorio nacional de manera continua, y facilita la búsqueda de parcelas.
A este visor se le ha añadido una herramienta que permite la edición gráfica del parcelario para obtener Informes de Validación Gráfica Alternativa (IVG). Todo ello relacionado con la Ley 13/2015, y con los ya “famosos” ficheros gml.
Desde la obligatoriedad de presentar las modificaciones a la cartografía catastral en formato gml muchas han sido las aplicaciones diseñadas a nivel nacional para generar Representaciones Gráficas Alternativas (RGA). Desde la DGC se ha querido generar una herramienta que permitiera generar alteraciones gráficas “sencillas” de parcelas de forma interactiva, generando los ficheros gml y a la vez crear los IVG cuando se disponga de un certificado digital.
- La Ley permite realizar la modificación de la representación gráfica catastral mediante levantamiento topográfico o digitalizando sobre la cartografía catastral (este último caso es cuando se refiere generalmente a la utilización del uso de la ortofoto).
- La representación gráfica se puede realizar por técnico competente, administración o cualquier interesado.
- Es conveniente en cada caso concreto conocer la técnica adecuada a aplicar para posteriormente generar el fichero gml y finalmente crear el IVG.
- Los IVG se generan con los ficheros gml y utilizando un certificado digital, siendo responsable el firmante de la labor realizada.
Acceso al editor gráfico parcelario
Para acceder a este nuevo editor gráfico parcelario, una vez identificada la parcela en la SEC, solamente hay que clicar sobre el icono [P] en la esquina inferior derecha de la pantalla.
Desde dicho icono también se permiten descargar parcela/s en formato xml, dxf, gml y u gml.
Desde la nueva ventana de “Parcelas” el icono [lápiz] permite acceso al editor gráfico una vez la/s parcela/s están seleccionadas.
El editor gráfico tiene distintas opciones para poder realizar representaciones gráficas sencillas, normalmente digitalizando sobre la cartografía catastral. Considerando también la posibilidad futura de incluir levantamientos topográficos (mediciones en campo). Al principio con opciones limitadas pero que van aumentando a medida que se detecten necesidades. Disponiendo de un certificado digital (que acredite quien realiza dicha representación gráfica) se puede generar el IVG directamente, automáticamente se genera previamente el fichero gml necesario.
Desde esta ventana en “Modo Edición” recomiendo el icono [i] de información en la parte superior derecha, donde da acceso a varios videos cortos que ayudan a conocer el funcionamiento de la herramienta.
Digitalización sobre ortofoto: aviso características técnicas
Estando en el “Modo Edición” se puede superponer sobre la cartografía catastral la capa de la ortofoto del PNOA, clicando sobre el icono de capas en la esquina inferior derecha de la pantalla.
Antes de poder visualizar la ortofoto aparece un aviso sobre la exactitud posicional de los elementos geográficos que se digitalicen sobre la ortofotografía:
“La ortofotografía aérea de PNOA (IGN) que se visualiza tiene una resolución geométrica de 0.25 cm/pixel y su fecha de captura es de Mayo de 2015.
La exactitud posicional de los elementos geográficos que se digitalicen sobre esta imagen está relacionada con la características técnicas del producto que se especifican en el siguiente enlace web: http://pnoa.ign.es/caracteristicas-tecnicas”.
Esto nos informa de la “precisión” con la que está la imagen sobre la que se puede realizar la representación gráfica, dependiendo de cada caso concreto y de que es lo que se necesita se puede valorar si esta precisión es suficiente o hay que recurrir a algún otro sistema; ya que.. “todo no sirve para todo”.
Si utilizáis esta herramienta os animo a testearla y que podáis enviar comentarios, a través de este blog, sugerencias. propuestas de mejora o posibles fallos que puedan ser subsanados, ya que la herramienta está aún en sus inicios y tiene que seguir mejorando, yo ya tengo alguna propuesta. Procuraré hacerlos llegar a la DGC.
Espero que esta información os haya resultado útil.
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Nuevo Modelo de Declaración de Alteraciones Catastrales: Modelo 900D
Escrito por: Carmen Femenia-Ribera en 21 diciembre, 2018
El 5 de Diciembre de 2019 se publicó en el BOE la Orden por la que se aprueba el nuevo Modelo de Declaración de Alteraciones Catastrales y se determina la información gráfica y alfanumérica necesaria para la tramitación de comunicaciones catastrales.
Este modelo sustituye a los antiguos modelos 901-N, 902-N, 903-N y 904-N.
En Catastro, ¿qué son las Declaraciones?
En las declaraciones se manifiesta ante el Catastro que se han producido las circunstancias determinantes de un alta, baja o modificación de la descripción catastral de los bienes inmuebles. Dichas declaraciones se realizarán en la forma, plazos, modelos y condiciones que se determinen por el Ministerio de Hacienda; todo lo cual se detalla en esta orden recientemente publicada que ya ha entrado en vigor.
La declaración sobre hechos, actos o negocios relativos a bienes inmuebles tiene por objeto la inscripción o modificación de datos en el Catastro por:
- La adquisición de la propiedad y su consolidación, la constitución, modificación o adquisición de la titularidad de una concesión administrativa y de los derechos de usufructo y de superficie, así como las variaciones en la cuota de participación.
- La realización de nuevas construcciones, así como la ampliación, rehabilitación o reforma de las ya existentes, ya sea total o parcial.
- La demolición o derribo total o parcial de construcciones.
- La segregación, división, agregación y agrupación de inmuebles (parcelas o porciones de suelo, o locales o partes de una edificación).
- La constitución del régimen de división horizontal sobre los bienes inmuebles.
- El cambio de clase de cultivo o aprovechamiento.
- La modificación del uso o destino.
Novedades principales:
- Se posibilita la presentación telemática.
-De manera preferente a través de medios electrónicos.
-Se han implementado sistemas de ayuda y asistencia.
-De modo obligatorio para determinados colectivos (administraciones públicas según Ley Catastro, personas jurídicas, comunidades de bienes, actividad profesional con colegiación obligatoria, etc…)
Para facilitar la labor se ha creado un Asistente de Declaraciones Catastrales en la Sede Electrónica del Catastro (SEC)
- Simplificación de procedimientos.
-Los 4 modelos anteriores se reúnen en uno solo: Modelo 900D
-Más fácil presentación.
-Suprimida obligación de presentar documentación que ya disponga la Dirección General del catastro (DGC) o documentos originales (interesados responsables veracidad).
- Prevista formalización convenios con instituciones para ayudar al ciudadano a cumplir con su obligación de declarar.
- Regulación requisitos técnicos.
- Concreción aspectos gráficos del margen de tolerancia técnica:
-Artículo 18.4 TRLC
-Disposición adicional segunda Real Decreto 1464/2007. Normas técnicas
– A establecer mediante resolución
- Medidas para dotar a las declaraciones y comunicaciones de mayor seguridad jurídica en cuanto a la documentación aportada.
Modelo 900D:
En un único modelo se pueden declarar varios inmuebles.
A presentar por los titulares de derechos.
Si se dispone de medios de identificación y firma (sistema de firma electrónica), podrá presentarse a través de la SEC.
Obligación a declarar; en caso de conocimiento de la DGC, esta puede emitir borrador de declaración enviado al interesado para confirmar.
En cada tipo de alteración se especifica la documentación necesaria (artículo 4).
Comunicaciones:
En caso de los organismos-entes que tengan obligación de comunicar según artículo 14 TRLC, también se incluye la documentación necesaria (artículo 6).
Formato documentos:
En el Portal del Catastro se publicarán el formato, las normas de digitalización y los requisitos técnicos de los documentos gráficos y alfanuméricos (Disposición adicional primera).
Documentación gráfica:
Artículo 3.2. Si en la documentación específica se incluye una representación gráfica, esta deberá realizarse sobre cartografía catastral.
Artículo 3.3. “… cuando con motivo de la presentación de una declaración pueda resultar afectada la representación gráfica de parcelas colindantes a las que son objeto del hecho, acto o negocio jurídico declarado, además de la documentación propia de la alteración declarada, deberá aportarse la representación gráfica de la situación final de todas las parcelas colindantes afectadas, junto con la siguiente documentación específica.
- a) Documentación acreditativa de la representación gráfica propuesta (escritura pública, documento administrativo u otro equivalente).
- b) Relación de todas las parcelas afectadas por dicha representación gráfica.
- c) Escrito o documento en el que conste la conformidad o no oposición con la representación gráfica propuesta por parte de los titulares catastrales de todas las parcelas colindantes afectadas. En caso de no aportarse esta información, la Dirección General del Catastro la podrá recabar por sus propios medios.”
….
Disposición adicional sexta. Identidad gráfica
“Para la realización de alteraciones de la representación gráfica de una parcela a efectos catastrales, se tendrá en cuenta el criterio de identidad gráfica de parcelas catastrales y el margen de tolerancia gráfica establecidos mediante resolución.
En caso de que la alteración propuesta se encuentre dentro de dicho margen y se ajuste a dicho criterio, se considerará que la situación gráfica existente en el Catastro coincide con la alteración gráfica propuesta.
Este criterio no será de utilización para la coordinación con el Registro de la Propiedad en tanto no se acuerde su aplicación mediante resolución conjunta.”
Espero que os resulte útil.
Y, sobre todo, en estas fechas, aprovecho para desearos FELICES FIESTAS¡¡¡
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Coordinación Catastro-Registro en España (Ley 13/2015), presente en foros internacionales
Escrito por: Carmen Femenia-Ribera en 15 noviembre, 2018
Desde la publicación de la Ley 13/2015 se ha hablado mucho en España al respecto; y a nivel internacional, se ha presentado en diversos foros. En esta entrada he querido unir todas aquellas referencias donde se han presentado ponencias sobre dicha Ley en eventos internacionales (principalmente del Catastro,DGC y el Registro, CORPME español); en algunos casos con enlaces a presentaciones completas. A continuación se presentan cronológicamente, con fecha, autores, título, idioma, nombre evento y presentación:
- 11/2014. Velasco Martín-Vares, Amalia
Spanish Cadastre: Collaborative maintenance and dissemination (en inglés). En el Meeting of the Permanent Committee on Cadastre in the European Union (PCC). Roma, Italia
- 2015. EuroGeographics.
Increasing legal certainty and transparency in Spain (en inglés). En EuroGeographics Annual Review 2015 (p. 44)
- 6/2016. Fandos Pons, Pedro y Alonso Peña, Carlos
The Spanish Cadastre and Property Rights: a smart model of coordinated interaction (en inglés). En Common Vision Conference 2016. Migration to a smart world (pp. 1–18). Amsterdam, Netherland
- 9/2016. Blanco Urzáiz, Jorge
La coordinación entre el Registro de la Propiedad y el Catastro Inmobiliario tras la Ley 13/2015 en España (en español). En II Reunión y Conferencia de la Red Interamericanca de Catastro y Registro de la Propiedad. Ciudad de Panamá
- 9/2016. Velasco Martín-Vares, Amalia
Política y resultados del catastro abierto español (en español) En II Reunión y Conferencia de la Red Interamericana de Catastro y Registro de la Propiedad. Ciudad de Panamá
- 9/2016. Velasco Martín-Vares, Amalia; Alonso Peña, Carlos; Virgos, Luis y Serrano; Fernando
Inspire services of the Spanish Directorate General for Cadastre and its use to resolve an old problem of coordination between Spanish Cadastre and Land Registry (en inglés). En INSPIRE Conference 2016. Barcelona, Spain
- 11/2016. Alonso Peña, Carlos y Blanco Urzáiz, Jorge
La función del Registro de la Propiedad y la función del Catastro (en español). En Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID). Curso de formación. Cartagena de Indias, Colombia
- 11/2016. Alonso Peña, Carlos
The Spanish Cadastre and Property Rights Registry: a smart model of coordinated interaction (en inglés). In UNECE WPLA workshop: State and market: Cadastres and Property Rights Registries. The need for smart interaction to better serve citizens and public administrations. Madrid, Spain
- 11/2016. Blanco Urzáiz, Jorge
The coordination between the Property Registry and the Cadastre in the aftermath of Law 13/2015 in Spain (en inglés). In UNECE WPLA workshop: State and market: Cadastres and Property Rights Registries. The need for smart interaction to better serve citizens and public administrations. Madrid, Spain
- 11/2016. Velasco Martín-Vares, Amalia
The “back office” of the Spanish cadastre that makes possible the interaction with partners (en inglés). En Conference of PCC, EuroGeographics-Cadastre and Land Registry KEN and EULIS. Bratislava, Slovakia
- 5/2017. Velasco Martín-Vares, Amalia
Smart Successful Cadastral New Tools for Real Estate Registration: “all in 16 digits” (en inglés). En Joint PCC & EULIS Conference. The Current Technological Trends in Land Registration. Vittoriosa, Malta
- 11/2017. Alonso Peña, Carlos
Productos y Servicios Sobre Estándares Internacionales (INSPIRE): Aceptación y Uso en el Tráfico Inmobiliario (en español). III Conferencia y Asamblea de la Red Interamericana de Catastro y Registro de la Propiedad. Montevideo, Uruguay
- 11/2017. Fandos Pons, Pedro
El Sistema de Información Geográfica Registral Español (en español). III Conferencia y Asamblea de la Red Interamericana de Catastro y Registro de la Propiedad. Montevideo, Uruguay
- 12/2017. Femenia-Ribera, Carmen y Mora-Navarro, Gaspar
Caso de Estudio en España. Ley 13/2015 Sobre Coordinación Catastro-Registro (en español). En FIG Commisision 7 and 9. Annual Conference and Meeting. Cartagena de Indias, Colombia
- 10/2018. Serrano, Fernando y Velasco Martín-Vares, Amalia
The Spanish Directorate General for Cadastre working together with the Topographer Engineers (en inglés). En CLGE General Assembly. Barcelona, España
Espero que os resulte útil esta recopilación.
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Modificaciones de la Ley del Catastro Inmobiliario en los Presupuestos Generales del Estado, 2018 (España)
Escrito por: Carmen Femenia-Ribera en 9 julio, 2018
En los recientes aprobados Presupuestos del Estado para el año 2018 en España, se hace alguna pequeña referencia a modificaciones de la Ley del Catastro Inmobiliario, principalmente en temas de valoración, las cuales incluyo a continuación:
“Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018
….
Disposición final vigésima. Modificación del Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo.
Con efectos desde la entrada en vigor de esta Ley y vigencia indefinida se modifica el Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, de la siguiente forma:
Uno. Se modifica el apartado 1 del artículo 3 del Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, que queda redactado en los siguientes términos:”
Respecto a la versión anterior se añade el texto subrayado de “el valor de referencia de mercado”.
«1. La descripción catastral de los bienes inmuebles comprenderá sus características físicas, económicas y jurídicas, entre las que se encontrarán la localización y la referencia catastral, la superficie, el uso o destino, la clase de cultivo o aprovechamiento, la calidad de las construcciones, la representación gráfica, el valor de referencia de mercado, el valor catastral y el titular catastral, con su número de identificación fiscal o, en su caso, número de identidad de extranjero. Cuando los inmuebles estén coordinados con el Registro de la Propiedad se incorporará dicha circunstancia junto con su código registral.»
El resto del artículo permanece con la misma redacción.
Dos. Se modifica el apartado 2 de la disposición adicional tercera del Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, que queda redactado en los siguientes términos:
«Disposición adicional tercera. Procedimiento de regularización catastral.
Aunque el procedimiento de Regularización Catastral (ver entrada) comprende los años 2013-2017, aún quedan municipios pendientes de regularizar.
El procedimiento de regularización se aplicará en aquellos municipios y durante el período que se determinen mediante resolución de la Dirección General del Catastro, que deberá publicarse en el “Boletín Oficial del Estado”. No obstante, el plazo previsto en dicha resolución podrá ser ampliado por decisión motivada del mismo órgano, que igualmente habrá de ser publicada en el “Boletín Oficial del Estado”.
Una vez publicada en el “Boletín Oficial del Estado” la citada resolución y durante el período al que se refiere la misma, las declaraciones que se presenten fuera del plazo previsto por la correspondiente normativa no serán objeto de tramitación conforme al procedimiento de incorporación mediante declaraciones regulado en el artículo 13, sin perjuicio de que la información que en ellas se contenga y los documentos que las acompañen se entiendan aportados en cumplimiento del deber de colaboración previsto en el artículo 36 y sean tenidos en cuenta a efectos del procedimiento de regularización.
Las actuaciones objeto de regularización quedarán excluidas de su tramitación a través de fórmulas de colaboración.»
Tres. Se introduce una nueva disposición transitoria novena en el Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, con la siguiente redacción:
«Disposición transitoria novena. Régimen transitorio para la determinación del valor de referencia de mercado.
En tanto no se apruebe el desarrollo reglamentario previsto en la disposición final tercera de esta Ley, para la determinación del valor de referencia se elaborará un informe anual del mercado inmobiliario, base de la determinación de los diferentes módulos de valor.
Las directrices y criterios específicos de aplicación se determinarán del siguiente modo:
a) Para los bienes inmuebles urbanos, así como para las construcciones situadas en suelo rústico, con arreglo a las normas vigentes para el cálculo de los valores catastrales, fijándose anualmente para cada municipio los módulos de aplicación.
b) Para el suelo rústico no ocupado por construcciones, por aplicación de los módulos de valor de cada cultivo, fijados anualmente para cada municipio, corregidos por factores objetivos de localización, agronómicos y socioeconómicos, cuando así se justifique por el mencionado informe anual del mercado inmobiliario.»
Cuatro. Se introduce una nueva disposición final tercera en el Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, con la siguiente redacción:
«Disposición final tercera. Valor de referencia de mercado.
En la forma en la que reglamentariamente se determine, la Dirección General del Catastro estimará de forma objetiva, para cada bien inmueble y a partir de los datos obrantes en el Catastro, su valor de referencia de mercado, entendiendo por tal el resultante del análisis de los precios comunicados por los fedatarios públicos en las transacciones inmobiliarias efectuadas, contrastados con las restantes fuentes de información de que disponga.
A estos efectos, elaborará un mapa de valores que contendrá la delimitación de ámbitos territoriales homogéneos de valoración, a los que asignará módulos de valor de los productos inmobiliarios representativos en dichos ámbitos, y que se publicará con periodicidad mínima anual, previa resolución, en la sede electrónica de la Dirección General del Catastro.»”
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Libro jurídico: «Estudios sobre la representación gráfica de las fincas registrales». Editorial Aranzadi-Thomson Reuters
Escrito por: Carmen Femenia-Ribera en 15 mayo, 2018
A continuación hago referencia a un libro monográfico publicado recientemente y titulado «Estudios sobre la representación gráfica de las fincas registrales», de la Editorial Aranzadi-Thomson Reuters. Hace referencia, desde un punto de vista jurídico, a los cambios relacionados con la representación gráfica de las fincas registrales a partir de la Ley 13/2015 que modifica la Ley Hipotecaria española. El trabajo procede del estudio de un grupo de investigadores, fundamentalmente del mundo jurídico; grupo al que hemos pertenecido como técnicos. Personalmente añado solo alguna pequeña aportación técnica en uno de los capítulos, aunque el libro está escrito por expertos juristas muy conocedores del tema y a ellos tambien va dirigido.
Prólogo:
Este libro recoge algunos de los resultados del proyecto de investigación «Situación actual y perspectivas de futuro de la información registral: hacia un nuevo modelo de administración del territorio, 2015-2017″ (DER2014-52262-P), financiado por el Ministerio de Economía y Competitividad. Forman parte de su equipo investigador académicos de diversas Universidades españolas y extranjeras y representantes de los colectivos profesionales más directamente vinculados con la gestión y contratación inmobiliaria y el Registro de la Propiedad. Muchos de ellos vienen colaborando estrechamente en el estudio de la incidencia de las nuevas tecnologías en el Derecho inmobiliario desde hace más de una década. Se trata, en definitiva, de un grupo con solera y años de experiencia. Los trabajos de preparación de este volumen comenzaron con ocasión del seminario “Análisis crítico de la Ley 13/2015: la reforma del sistema inmobiliario registral” que tuvo lugar en la Facultad de Derecho de la Universidad de La Laguna (Islas Canarias, España) los días 6 y 7 de marzo de 2017.
La reforma que la Ley 13/2015, de 4 de junio lleva a cabo en la Ley Hipotecaria (española) regula la representación gráfica de las fincas como una circunstancia más del folio registral que servirá para completar la descripción literaria a través de coordenadas georreferenciadas. La presente obra colectiva presenta al lector la relevancia de las novedades que se han incluido en la Ley Hipotecaria y cómo han sido recibidas por los Tribunales y, especialmente, por la Dirección General de los Registros y el Notariado que a través de sus resoluciones se ha regido en intérprete auténtico de la reforma.
– La autoría corresponde a un grupo consolidado que lleva una década trabajando la identificación gráfica de fincas registrales.
– Análisis de la jurisprudencia y la doctrina de la DGRN.
– Tratamiento integral del fenómeno de la inscripción de la representación gráfica de la finca.
Destinado a expertos en derecho inmobiliario, Registradores de la Propiedad y Notarios.
Índice:
PARTE I. INSCRIPCIÓN DE LA REPRESENTACIÓN GRÁFICA DE LA FINCA REGISTRAL
- Capítulo 1. La finca registral como objeto del registro de la propiedad, Luis Javier Arrieta Sevilla
- Capítulo 2. El procedimiento de incorporación de la representación gráfica georreferenciada de la finca con base en la certificación catastral y su coordinación con el catastro, Carlos Trujillo Cabrera
- Capítulo 3. La representación gráfica georreferencida alternativa, Miguel Gómez Perals y Carmen Femenia-Ribera
- Capítulo 4. La incorporación de la representación gráfica del inmueble al catastro y al registro de la propiedad, Antonio Jiménez Clar
- Capítulo 5. La información asociada en la reforma de la ley hipotecaria, Estefanía Hernández Torres
PARTE II. LA CONCORDANCIA ENTRE EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD Y LA REALIDAD FÍSICA Y JURÍDICA
- Capítulo 6. Concordancia entre la realidad extrarregistral y el registro de la propiedad: la rectificación de la descripción, superficie o linderos de la finca registral, Mª Aránzazu Calzadilla Medina
- Capítulo 7. El deslinde registral de fincas inscritas, Mª Elena Sánchez Jordán y Juan Antonio García García
- Capítulo 8. Algunas consideraciones sobre el título de adquisición en el expediente notarial de dominio, Antonio Jiménez Clair
- Capítulo 9. La inscripción de plantaciones, edificaciones, instalaciones y otras mejoras, Miguel Gómez Perals
- Capítulo 10. La reanudación del tracto sucesivo, Luis Javier Capote Pérez
- Capítulo 11. La inmatriculación por doble título público, Celia Martínez Escribano
- Capítulo 12. Régimen de las operaciones registrales sobre los bienes de las administraciones públicas, Juan Antonio García García
- Capítulo 13. La subsanación de la doble inmatriculación, Luis Javier Arrieta Sevilla
- Capítulo 14. El expediente de liberación registral de cargas o gravámenes, Mª Elvira Afonso Rodríguez
- Capítulo 15. La intervención de «terceros» en los procedimientos registrales tras la ley 13/2015 de modificación de la ley hipotecaria, Juan Antonio García García
- Capítulo 16. Efectos de la reforma operada por la ley 16/2015 en la calificación y despacho del registro de la propiedad, Óscar Germán Vázquez Asenjo
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